Resolución N° 323 - Letra

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 198 CÓRDOBA, 15 de Octubre de 20158
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 319 - Letra:A
Córdoba, 5 de Agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-112388/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE TICINO”, con asiento en la Localidad de
Ticino, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma
del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha
12 de Junio de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con
fecha 12 de Junio de 2014 por la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TICINO”,
CUIT N° 30-70943780-8, con asiento en la Localidad de Ticino,
Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del
Estatuto, modificando los artículos N° 13, 14 y 27, en procura de
mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha
12 de Junio de 2014, modificando los artículos N° 13, 14 y 27 de
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE TICINO”, CUIT N° 30-70943780-8,con
asiento en la Localidad de Ticino, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 392 ”A”/06 del 13 de Octubre de
2006.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 320 - Letra:A
Córdoba, 10 de Agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121020/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CAMARA DE EXPORTADORES
DE CORDOBA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
a), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CAMARA DE EXPORTADORES DE CORDOBA”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 323 - Letra:A
Córdoba, 12 de Agosto de 2015
VISTO El Expediente Nº 0007-117829/2015 mediante el cual
la Comisión Directiva de la Entidad Civil denominada
“FUNDACION DEFENSA VEGANA”, con Sede Central y
Domicilio Legal en Ciudad de General San Martín, Provincia de
Mendoza, solicita la inscripción de una Delegación en la
jurisdicción de la Provincia de Córdoba.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento a que en las presentes actuaciones se solicita el
reconocimiento de la Delegación Córdoba de la Entidad
denominada “FUNDACION DEFENSA VEGANA”, con
Personería Jurídica obtenida mediante Resolución N° 3581 de
fecha 12 de Diciembre de 2011 y con Sede Central en la Ciudad
de General San Martín, provincia de Mendoza.-
Que a fs. 25 obra informe técnico del Área Asociaciones Civiles
y Fundaciones dependiente de esta Repartición del que surge
que se han cumplimentado los requisitos formales y legales
establecidos para el supuesto, sugiriendo resolver favorablemente
a lo peticionado.
En consecuencia y en uso de sus facultades, en virtud de lo
dispuesto en los arts. N° 2 , 6 y 10 inc. c) de la Ley N° 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: AUTORIZAR el funcionamiento en la Jurisdicción
de la Provinc
denominada “FUNDACION DEFENSA VEGANA” con asiento
legal en Las Playas, La Higuera, departamento Cruz del Eje,
con sede central en la ciudad de General San Martín, Provincia
de Mendoza.
Articulo 2° : PROTOCOLÍCESE, notifíquese , publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Area Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 324 - Letra:A
Córdoba, 12 de Agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119638/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Asociación Civil Eco Acantilado”,
con asiento en la Ciudad de Embalse, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil;y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Asociación Civil Eco Acantilado”, con asiento en la
Ciudad de Embalse, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 325 - Letra:A
Córdoba, 12 de Agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-110633/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION CULTURAL GISEL
CUELLO”, con asiento en la Ciudad de Laboulaye, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION CULTURAL GISEL CUELLO””,
con asiento en la Ciudad de Laboulaye, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

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