Resolución N° 323 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 205
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 323 - Letra:A
Córdoba, 12 de Octubre de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0007-126407/2016, mediante el cual la entidad civil de-
nominada “ASOCIACION CIVIL CLUB DE ABUELOS DE MRULL”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL CLUB DE ABUELOS DE MRULL, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
ASOCIACION CIVIL CLUB DE ABUELOS DE MRULL”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos
y archívese. FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 322 - Letra:A
Córdoba, 12 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0640-001308/2015, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “ASOCIACION DE PRODUCTORES UNION NORTE”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
Extraordinaria con fecha 19 de Noviembre de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria con fecha 19 de Noviembre de 2015 de la entidad
civil denominada “ASOCIACION DE PRODUCTORES UNION NORTE”
CUIT N° 30-70804161-7 con domicilio social en la Provincia de Córdoba,
en la cual se resolvió la reforma los artículos 1, 2, 18, 21, 23 y 31 del esta-
tuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 243”A”/02 de fecha 26 de Julio de 202.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma de los artículos 1, 2, 18, 21, 23 y
31 del estatuto, entidad civil denominada “ASOCIACION DE PRODUCTO-
RES UNION NORTE” CUIT N° 30-70804161-7 con domicilio social en la
Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea Ordinaria con fecha 19 de
Noviembre de 2015 en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 319 - Letra:A
Córdoba, 6 de octubre de 2016
VISTO: El Expediente N° 0007-128059/2016, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “FUNDACION PARA EL DESARROLLO ARGENTINO”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION

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