Resolución N° 323

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2014
CÓRDOBA, 5 de noviembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 192 Primera Sección 3
Que consta en autos la Resolución N° 0865/13 emanada de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se
dispuso ad referendum de la Superioridad, la recategorización de
la Escuela de Nivel Inicial “NARCISO LAPRIDA” de la Localidad
de Laguna Larga, Departamento Río Segundo, y el ascenso de la
docente María Marcela LODEIRO.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión
se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que
la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por las Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto-Ley N° 1910/E/57 y su Reglamentario N°
3999/E/67, Decretos Nros 41009/A/38 y 925/02, y Resolución N°
46/01 del Ministerio de Educación, encontrándose tales
determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas
en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la
ratificación en esta instancia del instrumento legal de análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 0877/2014,
por Fiscalía de Estado en casos análogos y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0865/13
emanada de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
mediante la cual se dispuso la recategorización de la Escuela de
Nivel Inicial “NARCISO LAPRIDA” de la Localidad de Laguna
Larga, Departamento Río Segundo, y el ascenso de la docente
María Marcela LODEIRO (M.I. N° 16.090.960), en los términos y
condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma
parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto
de una (1) foja.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/aAZJcd
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 323 Córdoba, 28 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente N° 0425-279443/2014 en que el Ministerio de Salud propicia ajustes en la
distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario de partidas y programas varios a efectos de
disponer del crédito presupuestario necesario para afectar las distintas contrataciones de insumos y
servicios con destino a los establecimientos de capital e interior dependientes de dicha jurisdicción.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los
artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable
acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº
559/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de
la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento
Modificación de Crédito Presupuestario N° 77 del Ministerio de Salud el que como Anexo I con dos (2)
fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/Um1cZE
Resolución N° 324 Córdoba, 28 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0672-001923/2014, por el que el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos propicia rectificar el Presupuesto General de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos solicita el reflejo presupuestario de los
mayores ingresos producidos en la categoría programática N° 550-01 “Recursos Hídricos - Actividades
Comunes” por el importe de $ 6.309.000, motivado por los Acuerdos Complementarios celebrados entre
la Provincia de Córdoba con las Municipalidades y Comunas para el recupero de los aportes realizados
por la Provincia en los prestamos del BID 857/OC.
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la presente, está limitada a lo
establecido en el Artículo 15 de la Ley de Administración Financiera; en el que se determina que solo se
pueden comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de los recursos afectados.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con
los artículos 31, 37 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable
acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº
565/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos y el total de Erogaciones del Presupuesto
General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el
Documento Modificación de Crédito Presupuestario N° 67 del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos el que como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/n2ygJ1
Resolución N° 327 Córdoba, 3 de Noviembre de 2014
VISTO: El expediente 0011-051916/2014 en que el Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba,
propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General en
vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario de los Programas 408 “Actividades Centrales Del
Servicio Penitenciario” por un importe de $ 500.000 para hacer frente a la primer etapa de compra de
inhibidores de celulares para ser instalados en los Establecimientos Penitenciarios de la Provincia de Córdoba.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes de acuerdo a los
artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable
acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por Área Legales de este Ministerio al Nº
557/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General en
vigencia de la Administración Provincial, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento
Modificación de Crédito Presupuestario N° 64 del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba, el
que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e

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