Resolución N° 322 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Septiembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 203
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
NI, contratista de la obra, que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Cincuenta y Un Millones Setecientos Sesenta y Nueve Mil Setenta
y Seis con Setenta y Siete Centavos ($ 51.769.076,77), conforme lo indica
la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Docu-
mento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000350, de acuerdo al
siguiente detalle: con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida
12.06.00.00 – Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 322
Córdoba, 21 de septiembre de 2021
Expediente Nº 0620-001321/2021 – Cuerpos I al III.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “TERMINACIÓN DE EDIFICIO NUEVO
PARA EL I.P.E.A. Nº 81 “DIPUTADO DUILIO JORGE GIORGETTI” – LO-
CALIDAD DE BENGOLEA – DEPARTAMENTO JUÁREZ CELMAN – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del señor Secretario de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/2008.
Que se ha agregado en autos “Apto al Proyecto” por parte del señor
Coordinador de la Unidad de gestión de Infraestructura Edilicia y Seguri-
dad e Higiene en Edicios de ETP – Instituto de Educación Tecnológica del
Ministerio de Educación de la Nación, informando explícitamente que “El
presente proyecto consiste en nalización del contrato original rescindido
para la construcción del edicio escolar, el cual cuenta al momento de la
rescisión del contrato con un avance físico del 42,33%”.
Que asimismo, se ha incorporado en autos Planilla de Supercies, Pla-
nilla de Impacto Ambiental, Planilla de Alta, Localización, Memoria Des-
criptiva, Registro Fotográco, Pliegos de Especicaciones Técnicas
Generales y Particulares, Cómputo y Presupuesto, Plan de Avance, Curva
de Inversión y Análisis de Precios, Planilla de Locales y Planos, como así
también informes técnicos de estudio de suelos y control de calidad de
terraplén, todos suscriptos por el Arquitecto Carlos R. Giovannoni, Director
General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación y Pliego
Particular de Condiciones y sus Anexos, elaborado por la Secretaría de
Gestión Administrativa del citado Ministerio.
Que mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura junto a la
Directora General de Proyectos y Jefe de Área Gestión Administrativa, otor-
gan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que el
proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico en tanto
que, respecto al Pliego Particular de Condiciones, consideran que resulta
adecuado y se ajusta a las disposiciones de la Ley Nº 10.417, modicatoria
de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614, manifestando que puede servir de
base para la contratación de los trabajos propiciados. Sin perjuicio de ello,
el referido informe advierte que “deberá previo a autorizarse el llamado,
desarrollarse la correspondiente fórmula polinómica y estructura de costos
a tales efectos”, en los términos allí explicitados.
Que de la documentación técnica incorporada en autos surge que el
procedimiento de contratación es por Ajuste Alzado, como también que el
Presupuesto Ocial asciende a la suma de $ 54.084.348,10, calculado al
mes de agosto 2020 y que el plazo total de ejecución de obra es de tres-
cientos sesenta y cinco (365) días, a partir de la suscripción del Acta de
Replanteo, atento artículo 7 del Pliego Particular de Condiciones.
Que habiendo tomado intervención la Sección Estudio de Costos de
la Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra co-
rrespondiente al mes de agosto de 2020, informando que “los precios de-
tallados no presentan variaciones signicativas en relación al precio de
reparaciones por m2 de obras indicadas”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/08, el
Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de
Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417 y
sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en rela-
ción al procedimiento de contratación. Asimismo, deberá, bajo su exclusiva
responsabilidad, cumplimentar las disposiciones del artículo 3 de la Ley N°
8614, en caso de corresponder.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I del Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 373/2021 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de
las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los in-
formes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que se
da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modificada por
Ley Nº 10417, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, en-
tiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución
de la misma, como también manifiesta expresamente que se deberá
dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo el pro-
cedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº
1419/2017, con las observaciones allí formuladas que son de carácter
formal y no impiden la continuidad del trámite.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
373/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “TERMINACIÓN DE EDIFICIO NUEVO PARA EL I.P.E.A. Nº 81

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