Resolución N° 133/GCABA/SG/00

FirmantesFernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Gobierno
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2000

AUTORIZASE LA REALIZACION

DEL EVENTO DENOMINADO "II JORNADAS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS"

Y UNA FERIA DE ARTESANIAS EN LA RESERVA ECOLOGICA

Buenos Aires, 1° de diciembre de 2000.

Visto las Notas Nº 324/DGRCCyC/2000 y N° 330/DGRCCyC/2000, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones los coordinadores de las "II Jornadas de los Pueblos Originarios" solicitan autorización para realizar el mencionado evento en la Reserva Ecológica de la Ciudad de Buenos Aires y una feria de artesanías culturales, en el espigón anexo a la misma, frente al monumento de "Las Nereidas", entre los días 2 y 17 de diciembre de 2000, en el horario comprendido entre las 9.30 y las 22.30 hs.;

Que los coordinadores del mencionado acontecimiento son los señores Ignacio Coike Pvrafilu, Juan Ortiz Burgos, Antonio Soto y Ruben Sarmiento;

Que mediante Resolución N° 030/SMAyDS/2000 la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable otorgó su auspicio para la realización de la mencionada Jornada en el Centro de Interpretación de la Dirección General Reserva Ecológica Costanera Sur;

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1º

Autorízase la realización del evento denominado "II Jornadas de los Pueblos Originarios", en la Reserva Ecológica de la Ciudad de Buenos Aires y una feria de artesanías culturales, en el espigón anexo a la misma, frente al monumento de "Las Nereidas", entre los días 2 y 17 de diciembre de 2000, en el horario comprendido entre las 9.30 hs. y las 22.30 hs.

Artículo 2º

Los solicitantes se harán responsables de la integridad física de los participantes y público asistente, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que surjan del evento, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en el Art. 60 de la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95.

Artículo 3º

Los organizadores contratarán la limpieza que resulte necesario ejecutar, de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277 y su modificatoria Ordenanza Nº 51.586. En caso de incumplimiento los trabajos de limpieza serán llevados a cabo por la Administración a cargo de los coordinadores de las "II Jornadas de los Pueblos Originarios".

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