Resolución N° 207/GCABA/SSTT/00

FirmantesBlot
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorSubsecretaría de Tránsito y Transporte
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2000

ESTABLECENSE, CON CARACTER EXPERIMENTAL Y PROVISORIO,

LAS VELOCIDADES MAXIMA Y MINIMA EN TRAMO DE LA AVDA. INTENDENTE CANTILO

Buenos Aires, 6 de octubre de 2000.

Visto la conveniencia de unificar las velocidades máximas y mínimas en las autopistas; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.449 establece que las velocidades máximas podrán llegar a 130 km/h para autopistas y semiautopistas;

Que en las Autopistas 25 de Mayo y Perito Moreno, rige lo establecido en las Ordenanzas Nros. 36.255 y 36.465, que establecen velocidades máximas y mínimas de 100 y 50 km/h, con excepción de los vehículos de carga con acoplado, que tienen una velocidad máxima de 80 km/h;

Que si bien estas velocidades máximas difieren de las establecidas en la Ley N° 24.449, el artículo 2º de dicha ley faculta a las autoridades locales a imponer exigencias distintas a las de la Ley, las cuales deben estar claramente enunciadas en el lugar de su imperio como requisito para su validez;

Que la Autopista Arturo U. Illia y la Avenida Leopoldo Lugones, independientemente de contar o no con la norma legal correspondiente, también se encuentran señalizadas con las mismas velocidades máximas, en tanto la Avenida Intendente Cantilo, donde el límite máximo de velocidad está señalizado en 80 km/h;

Que las condiciones de seguridad de la Av. Intendente Cantilo entre Intendente Güiraldes y Avenida General Paz no difieren sustancialmente de las restantes autopistas de la Ciudad;

Que se estima conveniente unificar las velocidades máximas y mínimas admisibles, con el objeto de facilitar el conocimiento de la norma a todos los usuarios;

Por ello, hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establezca una norma definitiva

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y...

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