Resolución N° 4329/GCABA/DGR/00

FirmantesLa Banca
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2000

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES INCORPORADOS

AL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LOS GRANDES

CONTRIBUYENTES LOCALES, DEBERAN CUMPLIR CON LAS MODALIDADES Y CONDICIONES

PREVISTAS PARA LA DETERMINACION E INGRESO DEL TRIBUTO 1er. ANTICIPO CORRESPONDIENTE

AL AÑO 2001

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2000.

Visto el régimen dispuesto por la Resolución N° 258-DGR-95 (B.M. N° 19.970) y sus normas complementarias; y

CONSIDERANDO:

Que esta Dirección General estima conveniente prorrogar el vencimiento del plazo establecido para el cumplimiento del referido régimen por parte de los contribuyentes incorporados al mismo por los Anexos de las Resoluciones Nros. 4002-DGR-2000 (B.O. N° 1022) y 4059-DGR-2000 (B.O. N° 1027) y separata del 14-9-2000), como así también derogar el artículo 4 de la Resolución N° 3.213-DGR-2000 (B.O. N° 997) en cuanto dispone la incorporación automática al sistema de que se trata;

Por, ello en ejercicio de las funciones que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Los contribuyentes incorporados al Sistema Integrado de Control de las obligaciones fiscales de los grandes contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en virtud de los Anexos de las Resoluciones N° 4.002-DGR-2000 y 4.059-DGR-2000, hayan sido o no notificados personalmente, deberán cumplir con las modalidades y condiciones previstas para la determinación e ingreso del tributo, a partir del primer anticipo correspondiente al año 2001 con vencimiento en el mes de febrero.

Art. 2°

Esta Dirección General incorporará al Sistema a que se alude en el artículo anterior a aquellos contribuyentes que no lo estuvieran hasta la fecha de sanción de la presente, mediante el dictado de las respectivas...

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