Resolución N° 240/GCABA/SICYTR/00
Firmantes | Santa Coloma |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo |
Fecha de la disposición | 26 de Julio de 2000 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TRABAJO
RESOLUCIÓN N° 240/ GCABA/ SICYTR/ 00
CONFIRMANSE LOS PROCEDIMIENTOS EFECTUADOS Y LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EMITIDOS EN EL REGISTRO N° 1.126-DGHYSA/99, RELACIONADO CON EL LOCAL SITO EN LA CALLE LISANDRO DE LA TORRE 2119/23, DONDE SE VERIFICARON DIVERSAS ANORMALIDADES.
Buenos Aires, 26/07/2000
Visto el Registro N° 1.126-DGHySA/99, relacionado con el local sito en Lisandro de la Torre 2119/23, que funciona como Comercio minorista de venta de productos de abasto, carnes, lechones, achuras, embutidos, aves muertas y peladas - Comercio mayorista de carnes, lechones, achuras frescas y congeladas con depósito, y
CONSIDERANDO:
Que, a través del Registro de referencia el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) remitió el Expediente N° 2.065-SENASA-99 donde se halla agregada el Acta de Constatación N° 1.153 (fs.2) que señala distintas irregularidades en el local de referencia; que habida cuenta de ello personal de la Dirección Protección de Alimentos Dependiente de esta Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, se constituyó en el local el día 6/5/99, donde se verificó que presentaba diversas anormalidades;
Que, además se procedió al decomiso directo posterior e inutilización de la mercadería descripta en el informe que luce a fojas 6 por carecer de rotulado reglamentario, infringir Decreto 4.238/68 artículo 11.2.25, carecer de certificación sanitaria del SENASA, tener caracteres organolépticos alterados, por un total de 488.4 kilogramos;
Que, a fin de evitar cualquier dilación en el trámite y estando comprometida la salud de la población, se ordenó por Disposición N° 169/DGHySA/99 (fs.11/12) la clausura preventiva inmediata del sector elaboración de embutidos frescos, chorizos y morcillas del establecimiento de referencia, ad-referéndum de lo que oportunamente dispusiera la Subsecretaría de Seguridad Alimentaria y Coordinación de Políticas al Consumidor, ratificada por Resolución N° 003-SSSAyCPC/200 (fs.41);
Que, el día 1°/6/99 personal de la Dirección Protección de Alimentos se constituyó en el establecimiento para dar cumplimiento con la Disposición anteriormente citada, procediéndose asimismo al decomiso, inutilización y traslado de mercaderías al CEAMSE por contravenir el Art. 223 del Código Alimentario Argentino...
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