Resolución N° 89/GCABA/SG/00
Firmantes | Moreno Hueyo |
Jefe de Gobierno | Enrique Olivera |
Emisor | (Ex) Secretaría de Gobierno |
Fecha de la disposición | 3 de Mayo de 2000 |
FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑA ELECTORAL.
DETERMINASE SUMA A ABONAR A LOS PARTIDOS ACCION POR LA REPUBLICA, DEMOCRATA,
FEDERAL Y POPULAR INDEPENDIENTE, EN CONCEPTO DE APORTE PUBLICO (ART. 10,
INC. A) DE LA LEY N° 268, B.O. N° 837
Buenos Aires, 3 de mayo de 2000.
Visto lo dispuesto por el Capítulo III de la Ley Nº 268; el Decreto Nº
460/00, la Resolución Nº 56/SG/00 y las presentaciones efectuadas por
el apoderado de la ALIANZA ACCION POR LA REPUBLICA (Registro Nº 1279/SG/00),
así como las que hicieran los apoderados del PARTIDO FEDERAL (Registro
1308-SG-00 y Registro Nº 1319 –SG-00) y del PARTIDO DEMOCRATA (Registro
Nº 1309 –SG-00 y Registro Nº 1320 –SG-00) y Registros SG Nº 1347 y 1.348/4/00,
y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución Nº 56/SG/00, se notificó
vía fax a los Partidos, Alianzas y Confederaciones, los requisitos formales
a cumplimentar para acceder a la percepción del aporte público (Financiamiento
de la Campaña Electoral) dispuesto por las normas respectivas de la Ley
Nº 268.
Que por su parte, la alianza ACCION POR LA REPUBLICA, con las aludidas
presentaciones de su apoderado acredita:
-
Mediante copia del Acta Constitutiva certificada por el Sr. Secretario
Electoral del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, Dr. José Luis
Said, la constitución de la alianza electoral ALIANZA ACCION POR LA REPUBLICA,
integrada por los partidos: Acción por la República, Demócrata, Federal,
Popular Independiente y la adhesión del Partido Jubilados en Acción, y
del Partido Nueva Dirigencia.
-
Con copia certificada por el Señor Prosecretario Electoral del Tribunal
Superior de Justicia de la Ciudad, Doctor Heriberto Saveedra, de la Resolución
fechada el 17 de marzo del corriente dictada en Expte. 271/00, el reconocimiento
la alianza; y con copia de la Resolución de fecha de 28 de marzo del corriente,
dictada en el mismo Expediente, la oficialización de las nóminas de candidatos
a diputados.
-
Que si bien del acta constitutiva de la alianza (cláusula 8) surge
el acuerdo de distribución de fondos; de la nota presentada por los apoderados
de los Partidos Federal, Demócrata y Acción por la República (Registro
1.348/SG/00), surge la voluntad de que los fondos se distribuyan en partes
iguales para los tres partidos presentantes en estas elecciones, reservándose
los términos de dicha cláusula para las próximas.
-
Mediante certificado de fecha 30/3/00, expedido por la Secretaría Electoral
...
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