Resolución N° 326/GCABA/SED/00

FirmantesGiannoni
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
Emisor(Ex) Secretaría de Educación
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 326/ GCABA/ SED/ 00

INTERVIENE A LA ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 28, DISTRITO ESCOLAR 4. DESIGNA A LA SRA. AIXA M. RAFAEL COMO INTERVENTORA DE LA REFERIDA ASOCIACIÓN COOPERADORA

Buenos Aires, 21/03/2000

Visto la Carpeta N° 0359-SED-2000, y

CONSIDERANDO:

Que personal del Departamento Control Contable, dependiente de la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, practicó una Verificación Contable a la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 28 D.E. 4;

Que en la Verificación citada se comprobó la existencia de numerosas irregularidades en la administración y funcionamiento de la institución, entre las que cabe destacar la ausencia de libros actualizados en forma completa y correcta, la falta de depósito de todos los ingresos en las cuentas bancarias correspondientes, la presentación de facturas y comprobantes de gastos que no reúnen los requisitos impositivos, algunos de ellos adulterados o de comercios inexistentes;

Que la Verificación arroja una diferencia de fondos que oscila los $ 10.043,14 (pesos diez mil cuarenta y tres con catorce centavos) en detrimento de la entidad;

Que por otra parte, la Supervisión respectiva remarca diversos procedimientos irregulares en los gastos efectuados por los integrantes de la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora, entre los que se destacan la falta de un informe mensual por parte de la Tesorería, la falta de firmas de los Revisores de Cuentas, la aprobación de gastos o presupuestos sin mediar la correspondiente reunión previa;

Que los descargos producidos por ex miembros de la Asociación Cooperadora en cuestión, que desempeñaron sus funciones en el período verificado (octubre 1997- junio 1998), no resultan suficientes para aclarar las irregularidades detectadas;

Que en otro orden de cosas, cabe consignar que la Asociación Cooperadora no realizó la Asamblea General Ordinaria del año 1998, ni aprobó la Memoria y Balance correspondiente, transgrediendo así lo prescripto por el artículo 15 de la Ordenanza N° 35.514;

Que al respecto corre glosado el informe producido por la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, mediante el cual deja expresa constancia que esa instancia no autorizó en ningún momento la no realización de la Asamblea;

Que con motivo del resultado de la Verificación, y ante las serias irregularidades detectadas en la...

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