Resolución N° 922/GCABA/SSPU/99
Firmantes | Converti - Rothamel |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Subsecretaría de Obras Públicas - (Ex) Subsecretaría de Planeamiento Urbano |
Fecha de la disposición | 7 de Diciembre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANOSUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
RESOLUCIÓN N° 922/ GCABA/ SSPU/ 99
DEJA SIN EFECTO EL PERMISO DE TENDIDO DE RED DE TELEVISIÓN POR CABLE ZONA E) OTORGADO A FAVOR DE LA PRESTADORA MULTICANAL S.A.
Buenos Aires, 07/12/1999
Vista la presentación realizada por la firma MULTICANAL S.A. en el Exp. N° 64.737-98, en el cual ha recaído la Resolución (conjunta SSOySP/SSPU) N° 1.057-SPyS-98 (fs. 35/37), y
CONSIDERANDO:
Que relacionándose la misma con el Régimen del Servicio de Señal de Televisión por Cable aprobado por medio de la Ord. N° 48.899, B.M. N° 19.976, y su Reglamentación, el Dto. N° 596-95, B.M. N° 20.073, la citada firma, reconocida en su carácter de Prestadora de dicho servicio conforme lo establecido mediante la Resolución (conjunta SSOySP/SSPU) N° 383-SPyS-96 (B.O.C.B.A. N° 13), ha peticionado un Permiso de Tendido de Red de Televisión por Cable, Metodología: Subterránea, Obra: Nueva, en trazas correspondientes a la Zona e), Area Unica, delimitadas por las arterias: Av. Amancio Alcorta (vereda Noroeste) (e) Av. Sáenz e Iguazú; Av. Amancio Alcorta (vSE) (e) Iguazú y Av. Vélez Sársfield.
Que dicha petición fue oportunamente concedida mediante la mencionada Resolución (conjunta SSOySP/SSPU) N° 1.057-SPyS-98, estableciéndose a través de su Art. 13 como plazo límite el día 2-2-1999 para que la Prestadora produjera la efectiva iniciación de las tareas en los términos establecidos, fijándosela un plazo de obra de cinco (5) meses a partir del primer permiso específico de trabajo otorgado, estipulándose que vencido cualesquiera de dichos plazos, el respectivo permiso quedaría sin efecto en forma automática.
Que notificada la recurrente el 2-12-1998 de la mencionada prórroga, y operado el vencimiento del plazo antes mencionado, consta en las actuaciones de referencia presentación de la misma realizada el 1°-2-1999 desistiendo de la petición que formulara, manifestando que no habrá de llevar a cabo la obra en cuestión.
Que frente a ello, y teniendo en cuenta que el permiso de referencia ha quedado tácitamente sin efecto, procede consecuentemente establecer formalmente tales circunstancias, y seguidamente resolver el archivo de las actuaciones.
Por ello, en mérito a las facultades otorgadas por el citado artículo 02.10 Del...
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