Resolución N° 30/GCABA/SSPU/99
Firmantes | Converti |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Planeamiento Urbano |
Fecha de la disposición | 10 de Septiembre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO
RESOLUCIÓN N° 30/ GCABA/ SSPU/ 99
CALLE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1888 N° 4717/21, ENTRE VEDIA Y PICO. ESTABLECESE UN ANCHO DE CALCULO DE 17,32 M. CON LO QUE RESULTA UN D= 8,66 M.
Buenos Aires, 10/09/1999
Visto el Expediente N° 94.018/98, por el cual el propietario y el profesional actuante solicitan se considere un ancho teórico para la calle 11 de Septiembre de 1888 N° 4717/21 entre Vedia y Pico, y
CONSIDERANDO:
Que el predio que resulte del englobamiento de las actuales parcelas 15b y 16, de la Manzana 105, Sección 29, Circunscripción 16, se halla emplazado en un Distrito R2aI de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano (AD 610.19);
Que dicha parcela es frentista a la calle 11 de Septiembre en su tramo entre Vedia y Pico, y se ubica paralelamente a las Vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre, formando parte del entorno urbano inmediato de la estación Rivadavia;
Que el ancho de las calles perimetrales que conforman la manzana son: Avenida Del Libertador con un ancho de 35.50 m. y las laterales Vedia y Pico con un ancho de 17,32 m.;
Que de las siete parcelas que conforman la calle 11 de Septiembre de 1888, en su tramo entre Vedia y Pico, existe sólo una parcela consolidada con un edificio en altura, mientras que las restantes parcelas son de pronta renovación, de las cuales las pertenecientes a las esquinas tomarán la altura de las calles laterales;
Que de aplicarse el ancho promedio de la calle 11 de Septiembre de 1888, se estaría consolidando no sólo la manzana en cuestión de acuerdo con tres alturas diferentes sino la continuidad de la misma, resultando la referida arteria con alturas totalmente irregulares;
Que las alturas de los edificios sobre Línea Municipal se conforman en relación con el espacio público al cual enfrentan, siendo deseable lograr un tejido homogéneo para las parcelas que requieren una pronta renovación;
Que el presente es un caso que merece una solución urbanística particular, ya que el completamiento de la manzana resultaría un tejido irregular y heterogéneo;
Que debe adaptarse un d de cálculo tal que permita consolidar el frente sobre la calle 11 de Septiembre de 1888...
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