Resolución N° 49/PJCABA/CMCABA/99
Firmantes | Gauna-Casas De Chamorro Vanasco-Bonatto-Cárcova-Cueto Rúa-Corti |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 1999 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESOLUCIÓN N° 49/ PJCABA/ CMCABA/ 99
CONFORMACIÓN DE LA JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - ESTRUCTURA ORGÁNICA - CÁMARA DE APELACIONES - JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - DOTACIÓN DE PERSONAL
Buenos Aires, 22/06/1999
Visto, que resulta menester adoptar las medidas necesarias para aprobar la estructura orgánica definitiva de la Justicia Contravencional y de Faltas, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo normado en los artículos 36 y 49 de la Ley N° 7, respectivamente, la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas está integrada por doce jueces y juezas y la Justicia de Primera Instancia por cuarenta y ocho juzgados;
Que teniendo en cuenta lo previsto en la cláusula transitoria tercera de la mencionada ley, el fuero Contravencional y de Faltas puede conformarse paulatinamente de acuerdo a las necesidades del servicio, debiendo en su primera integración constituirse como mínimo treinta juzgados de primera instancia;
Que atento al número de causas actualmente en trámite, resulta suficiente, en principio, la constitución de las cuatro Salas de la Cámara de Apelaciones y treinta y ocho Juzgados de Primera Instancia, siendo dos de ellos de Ejecución de Sentencia, sin perjuicio de su futura ampliación si las circunstancias así lo aconsejaren;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
La Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires está conformada por:
1 . Cámara de Apelaciones integrada por:
1.1.1 Cuatro (4) Salas de tres (3) jueces y una (1) Secretaría cada una.
1.1.2 Una Secretaría General.
-
Un (1) Registro Judicial de Contravenciones.
1 . Treinta y ocho (38) Juzgados de Primera Instancia con una (1) Secretaría cada uno.
Art. 2° La Cámara y los Juzgados tendrán la dotación de personal que se detalla en el Anexo I que integra la presente.
Art. 3° Regístrese, publíquese, comuníquese al Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires, y archívese.
ANEXOS
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Cámara de Apelaciones:
12 Jueces/zas de Cámara
5 Secretarios de Cámara
5 Prosecretarios letrados
6 Prosecretarios administrativos
12 Relatores
5 Oficiales
13 Escribientes
14 Auxiliares
9 Ordenanzas
Distribución:
Unidad Sala de Cámara
Tres (3) Jueces de Cámara
Un (1) Secretario de Cámara
Un (1) Prosecretario Letrado
Un (1) Prosecretario Administrativo
Tres (3) Relatores
Un (1) Oficial
Dos...
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