Resolución N° 3905/GCABA/SHYF/98
Firmantes | Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 7 de Octubre de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN N° 3905/ GCABA/ SHYF/ 98
APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1998, POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y GUILLERMO V. CASSANO S.A.
Buenos Aires, 07/10/1998
Visto el Registro N° 0222-CVDexMCBA-96; y
CONSIDERANDO:
Que por el indicado Registro tramita la presentación de Guillermo V. Cassano S.A. efectuada en su carácter de adjudicataria de la Licitación Pública DI.GE.CO.ES. 01/92, llamada para la provisión de desayunos, almuerzos y refrigerios, en diversas escuelas dependientes de la Secretaría de Educación;
Que a través de la actuación relacionada gestionó el reconocimiento de acreencias, por las tareas indicadas;
Que impulsó sus reclamos al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;
Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el Decreto N° 225-GCBA-96 y sus normas complementarias;
Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;
Que quedó determinada y reconocida la deuda con la reclamante, anterior al 6-08-96, en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;
Que la misma alcanza a pesos cinco mil seiscientos sesenta y ocho con noventa y ocho centavos ($ 5.668,98);
Que sobre dicho monto corresponde deducir un porcentual del orden del dieciséis por ciento (16%), por readecuación de precios y como mínima quita financiera según lo informado por las áreas competentes;
Que por aplicación de ello la deuda anterior al 6-08-96, reconocida y a abonarse asciende a pesos cuatro mil setecientos sesenta y uno con noventa y cinco centavos ($ 4.761,95);
Que la citada suma devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7%) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta la fecha de su cancelación total;
Que las alternativas transmitidas en su momento de acuerdo a la Resolución N° 36-SHyF-SSG-96 la acreedora aceptó percibir lo adeudado y reconocido en su favor, para el caso de pesos cuatro mil setecientos sesenta y uno con noventa y cinco centavos ($ 4.761,95), sin quita alguna, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1° de junio de 1998;
Que dicho pago se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la...
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