Resolución N° 4052/GCABA/SHYF/98

FirmantesDelle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición19 de Octubre de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 4052/ GCABA/ SHYF/ 98

DESESTIMA VERIFICACIÓN DE CREDITO INTERPUESTA POR LA ESTRELLA ESPAÑOLA SANECAR SACIFIA

Buenos Aires, 19/10/1998

Visto el Registro N° 0123-CVDexMCBA-96, y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y,

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro, y cumplimentando los requisitos exigidos por el Art. 4° de la citada normativa, la firma La Estrella Española Sanecar S.A.C.I.F.I.A. reclamó el pago de la suma de pesos un millón cincuenta y dos mil doscientos nueve con cuatro centavos ($ 1.052.209,04) originada en la prestación del servicio de limpieza de Consejos Vecinales y Escuelas Municipales;

Que la petición en cuestión se canalizó ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires creada por el Decreto premencionado;

Que el citado cuerpo impuso la solicitud de verificación crediticia en cuestión el procedimiento establecido por la norma que institucionalizara su funcionamiento;

Que la Dirección General de Contaduría General, con fecha 16 de mayo de 1997, ha informado que la suma verificada a favor de la reclamante ascendía a la suma de pesos setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos quince con noventa y dos centavos ($ 754.315,92):

Que el 24 de junio de 1997, luego de efectuada la revisión del crédito reclamado, y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad se notificaron a la accionante las alternativas que permitirían satisfacer los créditos verificados en su favor por un importe de pesos seiscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta y ocho con noventa y seis centavos ($ 640.658,96) por deuda anterior al 8-8-96 y de pesos sesenta y siete mil ciento noventa y siete con setenta y dos centavos ($ 67.197.72) por deuda posterior a dicha fecha;

Que dichas sumas incluían una quita o readecuación de precios del cuarenta y tres con quince por ciento (43,15 %) para los servicios prestados en los Consejos Vecinales y del cero por ciento (0 %) para los satisfechos en las Escuelas;

Que con fecha 10 de julio de 1997 la causante peticionó fuese revisada la propuesta oportunamente formulada;

Que la Dirección General de Contaduría General, con fecha 14 de julio de 1997 ratificó el anterior informe producido en el cual se fundamentó la proposición que se hiciera conocer a la reclamante;

Que en mérito de ello la Comisión de Verificación de Créditos competente cursó Carta...

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