Resolucion n° 320

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2005

RESOLUCION Nº 320

Mendoza, 29 de setiembre de 2005

Visto: El Expediente Nº 21.661-C-2003, por el cual

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Emplázase a los titulares de los Nichos del Sector Subterráneo "O" Párvulos del Cementerio de la Capital, cuyos plazos de concesión se encuentran vencidos al día de la fecha y/o quienes posean derechos sobre los restos depositados en las mismas cuya nómina y ubicación se detallan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles regularicen su situación, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se dispondrá de los mismos y procederá sin más trámite a la exhumación y cremación de los restos, destinándolos al Cinerario Común de donde no podrán ser recuperados, a saber:

Nichos del Sector Subterráneo "O" Párvulos

Nicho

Restos

58

Zuchetti, Angel Manuel

59

Gómez, Yemina Marisa

60

Pina, Cristina Elizabeth

64

Díaz, Carina Alejandra

65

Rivero, Leonel Darío

Germán

66

Alfaro, Jorge Rodolfo

69

Rosato, Mauricio Jorge

70

Olmedo, Carmen

Elizabeth

71

Arrue, Vanesa Joana

68

Antoniolli, N.

72

Díaz, Marina

73

García, Erica Elizabeth

74

Aguirre, José Alberto

75

Oca, Mayda Ayeles

77

Pardo, María Natalia

81

Fernández, Natalia

Vanesa

82

Vázquez, Hugo Orlando

83

Ferrari, María Soledad

84

Vázquez, Eliana Vanesa

85

González, Exequiel Félix

86

Fogale, N.

87

Novelli, Héctor Franco

Emanuel

91

Vanini, N.

92

Figueroa, Johana Cecilia

94

García, María Ester

95

Torres, Mónica Viviana

96

Mancuso, N.

101

Marquete, Pablo Ricardo

102

Arancibia, Daisi Daiana

103

Bonome, Natalia Beatriz

105

Borquez, Julio Claudio

106

Arce, Nicolás Santiago

Artículo 2º

Procédase por el Departamento Cementerio una vez vencido el plazo y términos que se disponen por el Artículo 1º, a desocupar los Nichos del Sector Subterráneo "O" Párvulos, a exhumar los restos depositados en las mismas, a su cremación y destínense las cenizas al Cinerario Común de donde no puedan recuperarse.

Artículo 3º

Por Despacho de Secretaría de Hacienda, procédase a la publicación que establece el Artículo 152º de la Ley Nº 3909.

Artículo 4º

Por Dirección de Rentas - Defunciones, tómese debida nota de lo dispuesto. Cumplido, remítase al Departamento Cementerio a los fines pertinentes.

Artículo 5º

Comuníquese y dése al Libro de Resoluciones.

Eduardo Cicchitti

Intendente

Liliana E. Vietti

Sec. de Hacienda

Bto. 51215

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