Resolución N° 32/SSPLANE/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición22 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 32/SSPLANE/18
Buenos Aires, 13 de junio de 2018
VISTO:
La Ley Nro. 3.396, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires (texto consolidado por ley 5.666), el Decreto N° 359/GCBA/2010, la Ley 5.460 y
los Decretos Nros. 363/GCABA/2015 y 675/GCBA/2016, las Resoluciones Nros. 814-
SECPLAN-2012 y 74-MDUYTGC-2016, el Expediente Nro.120722-UEEXAU3-2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.396 derogó parcialmente la traza de la Autopista AU3, en el tramo
Comprendido entre la Avenida General Paz y la calle La Pampa y la traza en el tramo
comprendido entre la Avenida Congreso y la calle La Pampa, creó la Unidad Ejecutora
para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, con la función de evaluar
alternativas y ejecución de acciones, proyectos y planes, destinados a cumplir los
objetivos de la misma y de la Ley 324, estableciendo que los grupos familiares cuya
nómina menciona, que actualmente habitan el denominado sector 5 de la traza de la
EX AU3 -comprendido entre las calles Donado, Holmberg, Av. Congreso y Av. de los
Incas-, podrán optar por alguna de las alternativas de solución habitacional definitiva
entre las cuales contempla la adjudicación de viviendas multifamiliares en el
denominado sector 5 de la traza de la Ex AU3, cuyas viviendas serán construidas por
el Poder Ejecutivo, por sí o a través de Terceros, en las parcelas que la ley establece,
sobre la base del proyecto de arquitectura para la construcción de las mismas que
elaborará la Unidad Ejecutora que se crea en virtud de la citada ley;
Que el Decreto N° 359/GCBA/2010 aprobó la reglamentación de la Ley 3.396 y facultó
al entonces Ministerio de Desarrollo Urbano para dictar normas complementarias;
Que por Resolución Nro. 814-SECPLAN-2012 se fijaron los valores de las Unidades
Funcionales del inmueble afectado al Régimen de Propiedad Horizontal sito en la calle
Virrey del Pino Nro. 4159/61, entre las calles Donado y Holmberg de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente como: Circunscripción 16,
Sección 49, manzana 65, Parcela 18b, en virtud de lo establecido por el artículo 14 de
Que la citada Resolución Nro. 814-SECPLAN-2012 fue dictada con anterioridad a la
aprobación del Plano MH-329-2014 y mientras el referido inmueble se encontraba
afectado al Régimen de Prehorizontalidad, razón por la cual en la misma se
consignaron medidas y superficies de las Unidades Funcionales que difieren con las
determinadas según el Plano MH-329-2014 aprobado por la Dirección General de
Registro de Obras y Catastro, sobre el que se otorgó el Reglamento de Copropiedad y
Administración
Que, en consecuencia, en virtud de lo establecido por el art. 124 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado por
ley 5.666), corresponde rectificar el Anexo I de la Resolución Nro. 814-SECPLAN-2012
a fin de que las medidas, superficies y valores de las Unidades Funcionales del
inmueble sito en la calle Virrey del Pino Nro. 4159/61 se ajusten de acuerdo al
mencionado Plano MH-329-2014 y al Reglamento de Copropiedad y Administración
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5399 - 22/06/2018

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