Resolución N° 32

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 43
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 2 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la Primera Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta,
Quinta, Sexta, Séptima, Octava y Novena Variación de Costos corres-
pondientes a los meses de septiembre 2014, junio y septiembre de 2015,
febrero, mayo y octubre de 2016, febrero, abril y agosto de 2017, de los
TRABAJOS MODIFICATORIOS adjudicados por Resolución Ministerial N°
187/2017, faltantes de ejecutar en la Obra: “Terminación de consulta exter-
na, diagnóstico por imágenes, laboratorio y administración en el Edicio
del HOSPITAL PROVINCIAL DE UNQUILLO “DR. JOSÉ M. URRUTIA, ubi-
cado en calle 3 de febrero N° 324 – UNQUILLO – DEPARTAMENTO CO-
LÓN – PROVINCIA DE CÓRDOBA, 9 de noviembre de 2017, por la suma
total de Pesos Seis Millones Setecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocien-
tos Treinta y Siete con Once Centavos ($ 6.799.437,11), entre la Secretaría
de Arquitectura representada en ese acto por el señor Director de Jurisdic-
ción de Obras, Licitaciones y Contrataciones de la misma, Ingeniero José
Antonio MAIOCCO por una parte y la Empresa TEXIMCO S.A., represen-
tada por su Apoderado Ingeniero Adolfo Raúl ZURBRIGGEN, contratista
de la obra por la otra, que como Anexo I, compuesto de trece (13) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Seis Mi-
llones Setecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y Siete con
Once Centavos ($ 6.799.437,11), conforme lo indica la Dirección General
de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad -
Nota de Pedido N° 2017/001424, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa
506-004, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros – Centro de
Costo 0742 del P.V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la
enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo la Empresa
TEXIMCO S.A., de corresponder, integrar el importe adicional de garantía
de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Di-
rección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial, pase a la
Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Anexo: https://goo.gl/NChMaZ
Resolución N° 32
Córdoba, 23 de febrero de 2018
Expediente Nº 0451-006923/2017.-
VISTO: este expediente en el que el Colegio de Ingenieros Civiles de la
Provincia de Córdoba solicita la incorporación al Listado de Ingenieros Ci-
viles Habilitados para hacer Mensuras, de los profesionales cuyos antece-
dentes se han incorporado en autos.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Notas Nros. 791349047416, 366931047017, 489187047017,
635516047417, 635468047217 y 802256, el Colegio de Ingenieros Civiles
de la Provincia de Córdoba, solicita la incorporación al listado de profe-
sionales habilitados para realizar mensuras de distintos ingenieros civiles
de conformidad a lo dispuesto por las Resoluciones N° 807/17, 808/17 y
3147/17 de la Junta de Gobierno del Colegio de Ingenieros Civiles, acom-
pañando los antecedentes correspondientes a cada una de sus presenta-
ciones.
Que previa vista de las actuaciones, comparece el Colegio de Agrimenso-
res mediante Notas Nros. 804271083217 y 866464047517, en las que pres-
ta conformidad a la incorporación al listado de ingenieros civiles habilitados
para hacer Mensuras de los profesionales alcanzados por la Resolución
N° 608/87 –Plan 201/81- del Ministerio de Educación de la Nación (Enrique
Marcelo DAVIL, José Luis PERRONE, Gustavo Rubén GONDEAN, Car-
los Daniel BALLARDINI, Roberto IGLESIAS, Pedro Benjamín JIMENEZ y
Salvador Carlos GIORDANO); en tanto que solicita que no se haga lugar
a la petición de incorporación de los Ingenieros Civiles que cursaron sus
estudios en el Plan 201/97 según Resolución N° 301/99 del entonces Mi-
nisterio de Cultura y Educación de la Nación ni a los que cursaron en el
Plan 201/81, según Resolución N° 607/87 del Ministerio de Educación de
la Nación.
Que nalmente, hace especial mención a la situación de los Ingenieros Da-
río Andrés BRINGAS (Plan 201/88) y Horacio Javier STABIO (Plan 201/81),
ya que ambos se basan en la Resolución N° 185/2017 de la Facultad de
Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Cór-
doba, rechazando enfáticamente su incorporación al citado listado.
Que asimismo, cuestionan especialmente que los ingenieros comprendi-
dos en la Resolución N°301/99 del entonces Ministerio de Cultura y Edu-
cación de la Nación, tengan incumbencia para la realización de mensuras.
Que este Ministerio resulta competente para supervisar el ejercicio profe-
sional de la ingeniería y la agrimensura de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 29 inciso 10 de la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo
aprobada por Decreto N° 1791/2015, raticado por Ley N° 10337, y particu-
larmente con los alcances del fallo tanto del Tribunal Superior de Justicia
como Resolución del Juez de Control N° 3 de esta Ciudad, de conocimien-
to del Colegio de Agrimensores (Sentencia N° 8 05-08-2012 TSJ en autos
Colegio de Agrimensores de la Provincia de Córdoba – Amparo y Resolu-
ción N° 149/2013 Juzgado de Control N° 3 en los mismos autos Ejecución
de Sentencia).
Que obra Dictamen N° 50/2018 de la Dirección General de Asuntos Lega-
les de este Ministerio en el que se expresa que, del análisis y estudio de
las presentes actuaciones, los antecedentes incorporados y lo manifestado
por el Colegio de Agrimensores al evacuar vista, considera que en relación
a los ingenieros comprendidos en la Resolución N° 608/87 del Ministerio
de Educación de la Nación (Enrique Marcelo DAVIL, José Luis PERRONE,
Gustavo Rubén GONDEAN, Carlos Daniel BALLARDINI, Roberto IGLE-
SIAS, Pedro Benjamín JIMENEZ y Salvador Carlos GIORDANO), no caben
dudas de que es correcta su incorporación al Listado de Ingenieros Civiles
Habilitados para hacer Mensuras, por lo que corresponde dictar acto admi-
nistrativo disponiendo admitir la incorporación de los mencionados profe-

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