Resolución N° 32 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Marzo de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 42
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 de acuerdo con lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 49/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º DISPONER el cambio de denominación del Fondo Per-
manente “E” –SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA- de la
Secretaría de Equidad y Promoción de Empleo, el que pasará a llamarse
Fondo Permanente “E” –SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN COMU-
NITARIA- de la Secretaría de Equidad y Promoción de Empleo.
Artículo 2º AMPLIAR el Fondo Permanente “E” –SUBSECRETA-
RÍA DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA- de la Secretaría de Equidad y
Promoción de Empleo, hasta la suma de PESOS TRES MILLONES ($
3.000.000.-), con límite para cada pago hasta diez (10) veces el índice uno
(1) previsto por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, y un porcentaje mínimo
de rendición del veinte por ciento (20 %) del que será responsable el Titular
del Servicio Administrativo del citado Organismo.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al servicio administrativo de la Secreta-
ría de Equidad y Promoción de Empleo, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 32
Córdoba, 17 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0716-002273/2017, por el que se propicia la am-
pliación del Fondo Permanente “D” –BANCO DE LA GENTE- de la Secre-
taría de Equidad y Promoción de Empleo, creado por Resolución N° 023/16
y ampliado por Resolución N° 202/16, ambas de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 de acuerdo con lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 43/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “D” –BANCO DE LA GEN-
TE- de la Secretaría de Equidad y Promoción de Empleo, hasta la suma
de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-), con límite para cada pago
hasta diez (10) veces el índice uno (1) previsto por el artículo 11 de la Ley
N° 10.155, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo
del citado Organismo.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al servicio administrativo de la Secreta-
ría de Equidad y Promoción de Empleo, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 31
Córdoba, 17 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0716-002272/2017, por el que se propicia la am-
pliación del Fondo Permanente “C” –SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL
EMPLEO- de la Secretaría de Equidad y Promoción de Empleo, creado
por Resolución N° 024/16 y ampliada por Resolución N° 201/16, ambas de
este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 9 de acuerdo con lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 53/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “C” –SECRETARÍA DE
PROMOCIÓN DEL EMPLEO- de la Secretaría de Equidad y Promoción de
Empleo, hasta la suma de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000.-), con

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