Resolución N 499/GCABA/AGIP/11
Firmantes | Walter |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Administración Gubernamental de Ingresos Públicos |
Fecha de la disposición | 29 de Agosto de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N 499/GCABA/AGIP/11SE DEJA SIN EFECTO LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 814-AGIP/10
Buenos Aires, 29 de agosto de 2011
RESOLUCIÓN N.° 499/AGIP/11.
Buenos Aires, 29 de agosto de 2011
VISTO:
la Carpeta N° 127170/DGR/2010, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557), su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. N° 2.960), la Resolución N° 2.366/MHGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2.758) y Disposición N° 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.968), la Resolución N° 255/AGIP/2010 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 255/AGIP/2010 se aprobó el llamado al Licitación pública N° 814/2010 para la contratación del Servicio de Relevamiento y Actualización Periódica de Elementos e Instalaciones que Tributan por el Uso y Ocupación del Espacio Público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Confección de un Padrón para Utilización de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Suma Total de Pesos treinta y cuatro millones ochocientos treinta mil ($ 34.830.000);
Que habiéndose producido la apertura de ofertas el 14/02/2011 se recibieron tres ofertas correspondientes a las firmas Organización Coordinadora Argentina SRL, Telinfor SA y Cos Mantenimiento S.A (forma UTE con FGM SA e Interpost SA);
Que no obstante la evaluación encarada por la Comisión creada al efecto por esta Administración, corresponde reformular criterios básicos que hacen a la naturaleza de los tributos que se pretende relevar mediante este llamado;
Que las características diversas y particulares del relevamiento exigido y la perspectiva de evolución del mercado publicitario en el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires, hacen menester una proyección adecuada para el plazo de cincuenta y cuatro meses, que es el que se pretende contratar;
Que el contrato en cuestión se relaciona directamente con la actividad recaudatoria y su control subsiguiente, el que debe realizarse en forma continua y cotidiana adecuándose a los medios publicitarios y de uso del espacio público existentes;
Que atento a lo expuesto precedentemente, corresponde un nuevo análisis de los Pliegos de Especificaciones Técnicas y el diseño de las zonas a relevar;
Que evaluando los conceptos volcados en los...
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