Resolucion n° 319

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2005

RESOLUCION Nº 319

Mendoza, 29 de setiembre de 2005

Visto: El Expediente Nº 21.430-C-2003, por el cual el Departamento de Cementerio comunica nómina de los Nichos del Sector Subterráneo "J" que se encuentran con los plazos de concesión vencidos al día de la fecha y cuyos titulares no han dado cumplimiento a las notificaciones y demás disposiciones que establecen los Artículos 10º, 22º y 68º de la Ordenanza Nº 27/9185/72 modificada por la Ordenanza Nº 3012/12.583/90; y

Artículo 1º

Emplázase a los titulares de los Nichos del Sector Subterráneo "J", del Cementerio de la Capital, cuyos plazos de concesión se encuentran vencidos al día de la fecha y/o quienes posean derechos sobre los restos depositados en las mismas cuya nómina y ubicación se detallan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles regularicen su situación, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se dispondrá de los mismos y procederá sin más trámite a la exhumación y cremación de los restos, destinándolos al Cinerario Común de donde no podrán ser recuperados, a saber:

Nichos del Sector

Subterráneo "J"

Nicho

Restos

3365

Ahumada, Petrona

3370

Galleguillo, Petrona

3371

Fuentes, Pastor

3372

Francica, Fortunata Aída

3373

Martínez, Antonio

3374

Cubells, Elena

3369

Martin, Francisco

3375

Fernández, Juan Antonio

3376

Ivars, Joaquín

3377

Morales, Juan

3378

Alfaro, Zoilo Arturo

3379

Aparicio, Juan Leonardo

3380

Luchini Miguel, Norberta

Francisca

3381

Vargas, Hilda Magdalena

3382

Delbono, Juan José

3384

Navarro, Juana Lidia

3386

Santana, Felipe

3387

Cena, Víctor Manuel

3388

Andrada, Ramón Alfredo

3394

Martínez, Enrique Manuel

3399

Franco, Serafina Teresa

3396

Basay, Ramón

3397

Urra, Oscar Arnaldo

3398

Pavet, Carlos Alejandro

3399

Esperanza, Claudia

Marcela

3400

Lima, Lidia

3401

Blanco, Francisca

3402

Alia Ayo, Ahmed

3403

Espada, Francisco

3104

Castro, Marquesa

Verónica

Artículo 2º

Procédase por el Departamento Cementerio una vez vencido el plazo y términos que se disponen por el Artículo 1º, a desocupar los Nichos del Sector Subterráneo "J", a exhumar los restos depositados en las mismas, a su cremación y destínense las cenizas al Cinerario Común de donde no puedan recuperarse.

Artículo 3º

Por Despacho de Secretaría de Hacienda, procédase a la publicación que establece el Artículo 152º de la Ley Nº 3909.

Artículo 4º

Por Dirección de Rentas ¬ñ Defunciones, tómese debida nota...

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