Resolución N° 319 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 184
CORDOBA, (R.A.), MARTES 20 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
vada N° 64/2015 efectuada el 01 de Octubre del 2015 para Contratar la
Ejecución de la Obra: “REPARACIÓN DE CERCO PERIMETRAL Y RE-
PARACIÓN DE CARPINTERÍA, INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y SANITARIA
EN EL “I.P.E.M. Nº 15 SANTIAGO AYALA – NIVEL MEDIO”, ubicado en
Calle Obispo Castellanos esquina Leandro Rosales – Bº San Vicente”; “RE-
PARACIÓN DE CERCO PERIMETRAL , CARPINTERÍA, REPARACIÓN
DE INSTALACIÓN ELÉSCTRICA Y SANITARIA EN EL “I.P.E.M. Nº 320
JORGE CAFRUNE – NIVEL MEDIO”, ubicado en Ruta Nº 9 km. 691 – bº
Parque Ituzaingó”; “REPARACIONES GENERALES, SANITARIAS Y DE
INSTALACIÓN DE GAS EN EL “I.P.E.M. Nº360 (EX I.P.E.M. Nº 313 ANE-
XO)”, ubicado en Calle Defensa esquina Cacheuta – Bº Villa El Libertador”
y “REPARACIONES GENERALES Y REPARACIÓN DE INSTALACIÓN
SANITARIA EN LA “ESCUELA MADRE MARÍA DEL TRÁNSITO CABA-
NILLAS – NIVEL PRIMARIO”, ubicada en Calle Pública S/Nº - Bº Centro”,
todas de CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, consecuentemente
RECHAZAR la oferta presentada por la Empresa ESCALA CONSTRUC-
CIONES S.R.L., conforme las razones expuestas en considerandos que se
dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de los trabajos enuncia-
dos en el Artículo anterior a la Empresa INGENIERÍA CONSTRUCTORA
S.R.L., conforme la Propuesta aceptada de fs. 174 y Presupuesto Ocial
Total de fs. 175 y Presupuestos General por cada Establecimiento, a fs. 177,
186, 196 y 205, y Presupuestos discriminados a fs. 178/179, fs.187/189, fs.
197/199 y fs. 206/207, por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIEN-
TOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SETENTA Y DOS
CENTAVOS ($ 2.201.534,72.-) cantidad que se autoriza invertir, debiendo
suscribirse el contrato correspondiente, para lo cual el adjudicatario cum-
plimentará los requisitos que a tal n se establecen en la documentación
contractual, autorizándose la devolución de las garantías constituidas en
concepto de mantenimiento de oferta a la totalidad de los oferentes.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la presente adju-
dicación conforme lo indica la Dirección General de Administración del
Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en Documento de Con-
tabilidad – Nota de Pedido Nº 2016/000246 (fs. 377) con cargo a la Juris-
dicción 1.50 - Programa 506-005 – Partida 12.06.00.00 Obras – Ejecución
por Terceros del P.V..-
ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección General
de Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales,
tome razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
FDO: Arq. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Resolución N° 319
Córdoba, 01 de junio de 2016
EXPEDIENTE Nº 0047-004434/2015.-
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas
con la Licitación Privada N° 63/2015, efectuada el día 29/09/2015, para
Contratar la Ejecución de la Obra: “DEMOLICIÓN Y EJECUCIÓN DE NÚ-
CLEO SANITARIO EN LA “ESCUELA SUPERIOR DE BELLAS ARTES
FERNANDO FADER”, ubicada en Av. Fausto Molina S/Nº - Localidad BELL
VILLE – DEPARTAMENTO UNIÓN – PROVINCIA DE CÓRDOBA, con un
Presupuesto Ocial de $ 1.848.701,19.-, conforme la autorización acordada
por Resolución N° 653 de fecha 08 de Setiembre del 2015;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 93/100 corren agregadas constancias de las invitaciones
cursadas a ocho (8) rmas del medio, habiéndose receptado las propues-
tas que da cuenta el Acta de fs. 228, a saber: SADIC S.A. y CARLOS E.
MARTINEZ;
QUE a fs. 234/234 vta., obra informe elaborado por la Comisión de
Estudio de Ofertas designada por Resolución N° 451/2015, en el que se
constata que las mencionadas cumplimentan en debida forma con la to-
talidad de la documentación requerida por el Art. 10º del Pliego Particular
de Condiciones, acreditando su capacidad jurídica para obligarse con la
Administración Pública Provincial:
QUE analizada la documentación técnica de las empresas oferentes,
se advierte que se ajustan en un todo a los requerimientos técnicos exigi-
dos por el Pliego Particular de Especicaciones Técnicas y demás docu-
mentación, no mereciendo por ende reproche u observación alguna que
efectuar en tal sentido;
QUE a continuación se procede a analizar comparativamente las dos
(2) propuestas válidas presentadas con el Presupuesto Ocial oportuna-
mente elaborado:
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.848.701,19.- (Enero Año 2015).-
EMPRESA MONTO DE OFERTA % S/ P.O.
SADIC S.A. $ 1.918.503,39.- + 03.77 %
CARLOS E. MARTINEZ $ 2.309.815,90.- + 24.94 %
QUE de conformidad con el análisis efectuado, se constata que la ofer-
ta formulada por la oferente SADIC S.A., resulta ser la más conveniente en
los términos del Art. 29º de la Ley de Obras Públicas (Ley Nº 8614), ascen-
diendo la misma a la suma de $ 1.918.503,39.-, representando un 03.77 %
por encima del Presupuesto Ocial;
QUE recomienda, salvo mejor criterio del Sr. Director General, ADJU-
DICAR a la Empresa SADIC S.A. la ejecución de la obra en cuestión, por
resultar su oferta conveniente, ajustándose a pliegos y reuniendo las con-
diciones técnicas exigidas;
QUE a fs. 235/235 vta. se expide División Jurídica, mediante Dictamen
Nº 896/2015, expresando que atento las constancias de autos, lo dispuesto
por los arts. 2; 4; 9 y 29 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, el Art. 11 de
la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto (T.O. por Ley 6.300 y sus
modicatorias) y las facultades conferidas por el Decreto N° 534/15, puede
el Sr. Director General, dictar Resolución rechazando la oferta propuesta
por la rma LWK MANTENIMIENTO Y SERVICIOS S.A., por las razones
expuestas y adjudicando los trabajos de que se trata a la Empresa SADIC
S.A. por la suma de $ 1.918.503,39.-, conforme se propicia;
QUE a fs. 240 corre agregado Certicado de Habilitación para Adjudi-
cación expedido por el Registro de Constructores de Obra, presentado por
la rma SADIC S.A., en cumplimiento con la normativa vigente;
ATENTO ELLO y las atribuciones conferidas por Decreto Nº 2000/2016,

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