Resolución N 440/GCABA/MDUGC/11

FirmantesChaín
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

RESOLUCIÓN N 440/GCABA/MDUGC/11SE DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA N° 21751 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011

RESOLUCIÓN N.° 440/MDUGC/11.

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011

VISTO:

La Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 667, la Ley N° 787, el Decreto N° 132/MCBA/96, el Decreto N° 2.075/GCBA/07, El Decreto N° 508/GCBA/10 y el Expediente N° 443397/2011; y

CONSIDERANDO:

Que el día 05 de noviembre de 2009 durante un operativo de control, el vehículo dominio CAI 760 de titularidad del señor Serafín Daniel Lencinas, DNI N° 8.247.269, afectado a la licencia N° 21.751 para la prestación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, fue detenido mientras prestaba servicio, para la verificación de su documentación habilitante;

Que como resultado de dicho control, se labró el Acta de Comprobación de Infracción N° B 2638377, al verificarse que el vehículo estaba siendo conducido por el señor Ángel Eduardo Becerra, quien no se encontraba habilitado para conducir el vehículo infraccionado;

Que en consecuencia, se iniciaron las correspondientes actuaciones administrativas a los fines de establecer las responsabilidades por el supuesto incumplimiento al régimen que regulaba la actividad y de aplicar, en su caso, la sanción que correspondiere;

Que según se desprende de la información suministrada por el Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX), administrado por la empresa concesionaria SACTA S.A., se logró constatar que el licenciatario declaró no poseer conductores no titulares bajo su dependencia;

Que el titular de la licencia efectuó sus descargos, manifestando entre otras cosas, que el señor Becerra no es su chofer, y que conducía el vehículo haciéndole un favor personal. Asimismo, solicita la devolución del reloj taxímetro;

Que al respecto, conviene señalar que el artículo 1°, inciso e) de la Ordenanza N° 41.815 que regulaba el funcionamiento y control del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro al momento de constatarse la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR