Resolución N° 6237/GCABA/SHYF/97

FirmantesRodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición24 de Junio de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

APRUEBA ACTA ACUERDO

RESOLUCIÓN N° 6237/ GCABA/ SHYF/ 97

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA SRA. JULIA ELENA GONZÁLEZ, POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE ÁNGEL GONZÁLEZ, ALBERTO GONZÁLEZ PINI, ANA INÉS DE URIEN Y CESAR A. GONZÁLEZ PINI

Buenos Aires, 24/06/1997

Visto el Registro N° 131 -CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la señora Julia Elena González, por sí y en representación de los señores Angel González, Alberto González Pini, Ana Inés González de Urien y César Angel González Pini, hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en su carácter de copropietaria del inmueble sito en la calle Amancio Alcorta 1934 de esta ciudad con destino al área de Educación;Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 7 de abril de 1997 la locadora en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos catorce mil ciento setenta y cinco ($ 14.175,00);Que con fecha 7 de abril de 1997 la presentante, acepta la opción consistente en una deducción del treinta por ciento (30%) sobre el monto de la deuda verificada, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos nueve mil novecientos veintidós con cincuenta ctvs. ($ 9.922,50), la que será abonada en dos cuotas Iguales y consecutivas pagaderas a los treinta (30) y sesenta (60) días posteriores a la firma del acta pertinente;Que cada cuota se Instrumentará con pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, con cláusula “sin protesto" emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del locador, descontando de la primera de ellas la retención del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder;Que a los 20 días del mes de junio de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en...

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