Resolución N° 970/GCABA/DGRYEI/98
Firmantes | Gualtieri |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario |
Fecha de la disposición | 25 de Marzo de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO
RESOLUCIÓN N° 970/ GCABA/ DGRYEI/ 98
IMPLEMENTA EL FORMULARIO N° 184 PARA CONCESIONARIOS Y AGENTES OFICIALES DE SUS FABRICAS O IMPORTADORES EN LAS OPERACIONES DE VENTA DE VEHÍCULOS NUEVOS
Buenos Aires, 25/03/1998
Visto el artículo de la Ordenanza Fiscal (t.o. 1997) y la Resolución N° 1.918-DGRyEI-97, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario perfeccionar la función recaudadora encomendada a esta Dirección General, en el control y cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que para ello se debe contar con un sistema de control, que utilice medios informáticos de avanzada que permitan facilitar una mejor presentación de la boleta de pago -Form. N° 184, en las operaciones de venta de vehículos nuevos realizadas por los Concesionarios y Agentes Oficiales de sus fábricas, o importadores;
Que por otro lado a fin de cumplimentar lo dispuesto por la Resolución N° 1.918-DGRyEI-97, se hace menester que este Organismo provea de un sistema que permita a estos responsables hacer constar la percepción que le fuera practicada por las terminales automotrices;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 3°, Inc. 14) de la Ordenanza Fiscal (t.o. 1997);
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y
EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO
RESUELVE:
Los Concesionarios y Agentes Oficiales de sus fábricas o Importadores en las operaciones de venta de vehículos nuevos, para determinar e ingresar el pago a cuenta previsto por el artículo 146 de la Ordenanza Fiscal (t.o. 1997), utilizarán la boleta de pago -Form. N°184-, que deberá ser confeccionado e impreso por medios informáticos conforme al sistema que se aprueba por la presente.
Apruébanse las especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo I y el diseño de la boleta de pago -Form. N° 184-, que se acompaña a la presente como Anexo II.
A cada uno de los contribuyentes o responsables se le proveerá de un soporte magnético, que contendrá un sistema, cuyas especificaciones técnicas se detallan en el Anexo respectivo.
En aquellos casos en los cuales los contribuyentes o responsables manifiesten imposibilidad en la operatividad del sistema, podrán utilizar el formulario manual N° 184...
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