Resolución N° 239/GCABA/SPUYMA/97

FirmantesGarcia Espil
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente
Fecha de la disposición14 de Octubre de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 239/ GCABA/ SPUYMA/ 97

RESOLUCIÓN DEROGADA - OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - NORMAS PARA LA REGULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA GESTIONADA POR PARTICULARES RESPONSABLES DE TODA OBRA REALIZADA SIN PERMISO - CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN

Buenos Aires, 14/10/1997

Visto el Expediente N° 364-97, y agregado N° 10.899-97, por el cual trata la aplicación del articulo 6.3.1.2 Obras en Contravención del Código de la Edificación (AD 630.75), en particular su inciso d), por parte de la Dirección General Fiscalización de Obras y Catastro, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma, relacionada con las edificaciones y estructuras particulares llevadas a cabo sin permiso previo, o alteradas respecto de las condiciones sobre las cuales se les otorgó el mismo, determina la posibilidad de disponer demoliciones o supresiones totales o parciales cuando se hayan vulnerado normas de aplicación vigente a la época de su ejecución, o en su caso que sean retrotraídas a la situación originada, correspondiendo la sanción de los profesionales, técnicos y empresas que correspondientemente revisten como constructores, representantes técnicos o directores técnicos;

Que en su inciso d) la norma antes mencionada establece que éstas determinaciones no serán de aplicación... en aquellas construcciones sin declarar que no superen los 100 m2, y en las que se realicen en terrenos donde se localicen viviendas de uso familiar por cualquier otro, aunque éste se encuentre permitido en el distrito a que pertenece, en cuya circunstancia la propiedad será retrotraída a su situación originaria;

Que frente a la circunstancia de presentarse en el trámite regular distintos casos, en los cuales una obra clandestina puede resultar o no a su vez reglamentaria, en los términos parametrizados por la correspondiente normativa, a lo largo de los años se han sucedido diferentes interpretaciones de la misma, no necesariamente coincidentes, adoptándose consecuentemente criterios y decisiones no homogéneas entre sí;

Que con el objeto de fijar formal y definitivamente un procedimiento al efecto del debido tratamiento del tema en consideración, se recabó dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en el primero de dichos casos, es decir, cuando de los informes técnicos realizados por los órganos competentes se...

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