Resolución N° 1463/GCABA/DGRYEI/97
Firmantes | Gualtieri |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario |
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 1997 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO
RESOLUCIÓN N° 1463/ GCABA/ DGRYEI/ 97
ESTABLECE LOS VENCIMIENTOS ESPECIALES DE PATENTES SOBRE VEHÍCULOS EN GENERAL DEL EJERCICIO FISCAL 1997
Buenos Aires, 15/05/1997
Visto la Resolución N° 1.205-DGRyEl-97 y la facultad conferida a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario por el artículo 18 del Decreto N° 471-GCBA-96, y
CONSIDERANDO:
Que razones operativas de idéntica naturaleza que las aludidas en la citada resolución, afectan la cancelación normal, sin inconvenientes para las entidades recaudadoras como para los contribuyentes, de las cuotas 05 y 06 del impuesto de Patentes sobre Vehículos en general del año 1997;
Que analizada la situación, es dable concluir que resulta conveniente efectuar una distribución de los vencimientos para el pago de las cuotas antes mencionadas, de manera análoga a la dispuesta para las cuotas 03 y 04 del presente ejercicio;
Que asimismo, es el momento oportuno de fijar las fechas especiales de vencimientos con una mayor apertura durante el transcurso de los meses de octubre y diciembre en los que las obligaciones respectivas deben abonarse;
Por ello, en ejercicio de las facultades referidas,
EL INTERVENTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO
RESUELVE:
Establécense los vencimientos especiales de Patentes Sobre Vehículos en General del ejercicio fiscal 1997, para el pago de las cuotas 05 y 06 de acuerdo al siguiente detalle:
CUOTAS VENCIMIENTOS TERMINACIÓN DE PATENTES 0 A 3 4 A 6 7 A 9 05 6/10/97 20/10/97 23/10/97 06 5/12/97 19/12/97 23/12/97 MOTOVEHÍCULOS 05 6/10/97 06 5/12/97 CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL DÉBITO AUTOMÁTICO 05 6/10/97 06 5/12/97 REEMPADRONADOS CON POSTERIORIDAD A LA ANTERIOR EMISIÓN GENERAL 1997 05 23/10/97 06 23/12/97 GRANDES CONTRIBUYENTES 05 23/10/97 06 23/12/97
Art. 2°- Si alguna de las fechas establecidas en el artículo anterior resulta en...
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