Resolución Nº 510/2011
Fecha de disposición | 20 Mayo 2011 |
Fecha de publicación | 15 Septiembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32235 |
Bs. As., 20/5/2011
VISTO el Expediente Nº 1.404.860/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t. o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 44/45 del Expediente Nº 1.404.860/10, obra agregado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES, OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR, SERVICIOS, LOGISTICA Y DISTRIBUCION DE LA CIUDAD AUTONOMA Y LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la empresa B.R.D. SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA e INMOBILIARIA, de conformidad con la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el referido acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de un adicional aplicable a los trabajadores de la empresa comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89 que se desempeñan en las categorías detalladas en el anexo que acompañan, conforme los lineamientos allí establecidos.
Que los celebrantes del texto convencional de marras acreditan su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que una vez dictado el presente acto administrativo, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES, OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR, SERVICIOS, LOGISTICA Y DISTRIBUCION DE LA CIUDAD AUTONOMA Y LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la empresa B.R.D. SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA e INMOBILIARIA obrante a fojas 44/45 del Expediente Nº 1.404.860/10, de conformidad con la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido...
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