Resolución Nº 447/2011
Fecha de disposición | 13 Mayo 2011 |
Fecha de publicación | 15 Septiembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32235 |
Bs. As., 13/5/2011
VISTO el Expediente Nº 1.406.322/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y ENERGIA ELECTRICA (A.P.U.A. y E.) por el sector sindical y la empresa TERMOELECTRICA MANUEL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.406.322/10 y ha sido debidamente ratificado a fojas 6 y 43 de las mismas actuaciones.
Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes establecen un incremento salarial para todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1090/10 “E”, en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos, que se traducen en la nueva escala salarial básica que surge del mismo.
Que el plexo convencional individualizado en el párrafo precedente ha sido oportunamente celebrado por las partes signatarias del acuerdo de fojas 2/3 y debidamente homologado a través de Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 36 de fecha 12 de enero de 2010.
Que respecto del ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo que por este acto se homologa, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 1090/10 “E”.
Que en relación con su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de septiembre de 2010.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración las nuevas escalas salariales, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes...
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