Resolución N° 316 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 205
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 316 - Letra:A
Córdoba, 6 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0007-119924/2014, mediante el cual la entidad civil deno-
minada “FUNDACION SAN PATRICIO”, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcio-
nar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
SAN PATRICIO”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República
Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“FUNDACION SAN PATRICIO”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efec-
tos y archívese.FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Resolución N° 191
Córdoba 12 de octubre de 2016.
VISTO:
La solicitud efectuada por el Sr. Jefe del Servicio Penitenciario de Cór-
doba.
Y CONSIDERANDO:
Que el Sr. Jefe del Servicio Penitenciario solicita se incremente el valor
correspondiente a la tasa retributiva del servicio adicional de vigilancia y
seguridad que presta el personal penitenciario.
Que a la fecha, el valor de la tasa retributiva se encuentra jado por
Resolución N° 022/16 de esta Jurisdicción.
Que por Resolución N° 415 de fecha 17 de agosto de 2016 del Ministe-
rio de Gobierno se materializó el incremento del valor de la tasa retributiva
correspondiente a los servicios de policía adicional según las distintas ca-
tegorías.
Que, a mérito de las previsiones contenidas en el Artículo 5 inciso c)
del Decreto N° 1176/2000 y en el Decreto N° 1225/2010 del Poder Ejecutivo
Provincial, la tasa retributiva de los servicios adicionales de vigilancia y
seguridad penitenciaria debe establecerse en un valor equivalente al jado
para la categoría “E” del servicio de adicional policial, el que fuera jado
en la suma de Pesos Trescientos Treinta y Cinco ($335) en la precitada
Resolución, correspondiendo en consecuencia jar el mismo importe para
el personal penitenciario.
Que ha tomado intervención el señor Secretario de Organización y
Gestión Penitenciaria.
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:
1º.- FIJAR el valor para la UNIDAD DE SERVICIO ADICIONAL DE
SEGURIDAD Y VIGILANCIA del Personal Penitenciario en la suma de PE-
SOS TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($335) a partir del día 1° de sep-
tiembre de 2016.
2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Servicio
Penitenciario de Córdoba, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
POLICÍA DE LA PROVINCIA
Resolución N° 62952 - Letra:J
Córdoba 17 de octubre de 2016.
VISTO
El Expediente Nº: 0182-033610/2016, por el cual se tramita el llamado
a Licitación Pública Nº: 29/2016 para la “ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS
DE LIMPIEZA CON DESTINO A LA DIRECCION LOGISTICA (DIVISION
INTENDENCIA) DE ESTA REPARTICION”.
CONSIDERANDO
Las constancias obrantes en autos, lo dispuesto por la Ley Nº:
10.155/2013 “Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración
Pública Provincial”, reglamentada por el Decreto Nº: 305/2014 y lo tipicado

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