Resolución N° 315/SSMEP/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 315/SSMEP/18
Buenos Aires, 17 de agosto de 2018
VISTO:
la Ley Nº 5.460 y su Decreto reglamentario Nº 363/15, Resolución 198 - SSMEP -
2018, EX 2018-8545785-MGEYA-COMUNA8, y
CONSIDERANDO:
Que, por las presentes actuaciones tramita la petición efectuada por el Sr. Luis
Guillermo Arias, obrante en el orden 40, impugnando los términos de la Resolución
198 - SSMEP - 2018 que luce en el orden 37 del E.E. 8.545.785-MGEYA-COMUNA8-
2018;
Que, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,
conforme los términos del Art. 10 inc. C) de la Ley 1218;
Que, en cuanto al aspecto formal de la presentación en análisis, se trata de un recurso
de reconsideración contemplado en el art. 107 de Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 1510/1997 ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 (texto
consolidado por Ley Nº 5666, BOCBA N° 5014), habiendo sido el mismo interpuesto
en tiempo y forma;
Que, oportunamente deberá tenerse presente lo dispuesto por el art. 111 de la citada
ley, el que establece que el recurso de reconsideración lleva implícita la interposición
del recurso jerárquico en subsidio;
Que, los antecedentes del caso han sido reseñados en el Dictamen IF-2018-
13917854-DGACEP emitido el 16/05/18 (orden 29) al que en mérito a la brevedad la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se remite;
Que, con fundamento en dicho dictamen se dictó la Resolución 198-SSMEP-18 (orden
37) en virtud de la cual se rechazó la petición efectuada por el Sr. Luis Guillermo Arias,
por carecer de legitimación;
Que, habiéndose notificado de sus términos interpuso recurso de reconsideración
(orden 40);
Que, en su oportunidad, el Sr. Luis Guillermo Arias, solicitó un resarcimiento por los
daños presuntamente provocados al vehículo Marca Chevrolet, Modelo Astra, Dominio
IIS 091, como consecuencia del impacto con una “zanja sin señalización“ sobre la
Avenida Coronel Roca a metros de la autopista “Presidente Héctor J. Cámpora“, el
06/03/2018;
Que, al tomar intervención el Órgano Asesor, emitió opinión aconsejando dictar el
pertinente acto administrativo que denegara lo peticionado por carecer de legitimación.
Ello, en razón de que aquél no acreditó ser propietario del rodado supuestamente
dañado (ver Dictamen IF-2018-13917854-DGACEP emitido el 16/05/18 que obra en el
orden 29);
Que, el criterio allí sustentado dio fundamento al acto administrativo aquí cuestionado -
Resolución 198-SSMEP-18- (orden 37);
Que, contra la citada Resolución el causante interpuso recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5441 - 23/08/2018

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