Resolución N° 92/2011
Fecha de disposición | 24 Febrero 2011 |
Fecha de publicación | 31 Agosto 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32224 |
Bs. As., 24/2/2011
VISTO el Expediente N° 1.423.311/10 del Registro del MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/4 del Expediente N° 1.423.311/10 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por el sector gremial y la ASOCIACION ARGENTINA DE AGENCIAS DE PUBLICIDAD por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el presente las partes convienen las nuevas escalas salariales para el personal de las agencias de publicidad de Capital Federal y Gran Buenos Aires comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 57/89, conforme las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.
Que la vigencia del Acuerdo de marras opera desde el 1° de enero de 2011 hasta el 31 de marzo de 2011.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo, se corresponde con la representatividad de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo de fojas 1/4 del Expediente N° 1.423.311/10, celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA...
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