Resolución N° 314/ERSP/18

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 314/ERSP/18
Buenos Aires, 6 de julio de 2018
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios y
Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del ERSP de la
CABA aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/16 y su modificatoria Nº 14/17, el
Acta de Directorio Nº 699 del 6 de julio de 2018, el Expediente Nº
1086/EURSPCABA/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 1086/EURSPCABA/2018 se inicia a raíz de un plan de control
en los meses de octubre a diciembre de 2017, en la denominada zona 2 a cargo de la
empresa Cliba Ingeniería Urbana SA;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de levantamiento de
Residuos Domiciliarios, conforme Título Tercero, Anexo II Servicio de recolección,
Punto 4, Ausencia del Servicio de Barrido, conforme Título Tercero, Anexo III Servicio
de barrido y limpieza de calles, Punto 8 y Omisión de levantamiento de restos de obras
y demoliciones, conforme Título Tercero, Anexo II Servicio de recolección, Punto 7 del
Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la
Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 997/2013;
Que, a fs. 4 y 6 obran planilla de denuncia y la notificación vía correo electrónico.
Cumplido el plazo, a fs. 7 se labró el Acta de Fiscalización Nº 220656/ERSP/2017, del
día 19/10/2017, la cual expresa que en la calle Maure 1594, con etiqueta Nº 120181
de fecha 18/10/17 se detectó Omisión de levantamiento de Residuos Domiciliarios;
Que, a fs. 10 y 12 obran planilla de denuncia y la notificación vía correo electrónico.
Cumplido el plazo, a fs. 13 se labró el Acta de Fiscalización Nº 228148/ERSP/2017,
del día 15/12/2017, la cual expresa que en la calle Scalabrini Ortiz 3314, con etiqueta
Nº 118132 de fecha 11/12/17 se detectó Omisión de levantamiento de restos de obras
y demoliciones;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5445 - 29/08/2018

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