Resolución Nº 313/PJCABA/CMCABA/15

FirmantesRabinovivh
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2015

VISTO:

El Expediente DCC N° 211/15-0 caratulado "D.C.C. s/ Impresión del Libro de Acceso a

la Justicia", y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 262/2015, la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de mil

(1000.-) ejemplares del libro "Acceso a la Justicia", según las características técnicas

que allí señala (fs. 3/4).

Que luego la Presidencia de este Consejo de la Magistratura prestó conformidad para

la impresión solicitada y posteriormente anejó a estos actuados copia del Acta N° 5 de

la Reunión del Consejo Editorial, Editorial Jusbaires que autorizó la publicación en

cuestión (Cfr. Memo N° 490 y Acta de fs. 24/25).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por

Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la

suma de treinta y nueve mil doscientos cincuenta pesos ($ 39.250,00) (fs. 14).

Que luego, la referida Dirección puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad

de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos

pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la

Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar

la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por

la Ley 4764 (fs. 15 y 18).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y

Administración Contable emitió la constancia de registración presupuestaria necesaria

para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración N° 1013/06

2015 de fs. 16/17).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y

emitió el Dictamen N° 6550/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el

análisis jurídico correspondiente, destacó que (...) "la ley 4764 (reglamentada a través

de la Res. CM N° 1/2014) modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones,

habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el

inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o

prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales,

municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades

Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la...

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