Resolución N° 313 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Octubre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 219
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 313
Córdoba, 10 de septiembre de 2021
Expediente Nº 0135-037249/2021.-
VISTO: este expediente en el que el señor Subsecretario de Regulariza-
ción Dominial y Recupero de Viviendas Sociales propicia por Resolución Nº
0508/2021, se apruebe la Primera Adecuación Provisoria de Precios por varia-
ción de Costos producida en el mes de mayo/2021, de los trabajos faltantes de
ejecutar en la obra: “INFRAESTRUCTURA PARA 105 LOTES, CONSTRUC-
CIÓN DE NEXO DE AGUA Y CLOACA EN B° ALTOS DE GUIÑAZÚ (EL CHIN-
GOLO - PARCELA 13) – PROVINCIA DE CÓRDOBA, conforme Formulario
de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripto con fecha 15 de
junio del 2021.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – en adelante POP-, de
conformidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamenta-
rio N° 750/2019, Resolución N° 1/19 de la Secretaría de Planeamiento y
Modernización, Resolución N° 20/19 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 062 de fecha 23 de marzo de 2021
del Ministerio de Obras Públicas, se adjudicó la obra de que se trata a la rma
TOINAR S.R.L., suscribiéndose el pertinente Contrato el día 12 de mayo de
2021, jándose un plazo de obra de 240 días a contar de la rma del Acta de
Replanteo, la cual fuera confeccionada con fecha 31 de mayo de 2021.
Que obra documento titulado “Índice, suscripto, haciendo plena fe de
su contenido.
Que conforme constancias de autos la contratista formalizó el pedido
de adecuación provisoria con fecha de 31 de mayo de 2021.
Que mediante Resolución Nº 0508/2021 de fecha 19 de julio de 2021,
emanada de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de
Viviendas Sociales, se dispuso aprobar la documentación técnica, propi-
ciando además la aprobación de la Primera Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de Costos vericadas en la obra de referencia.
Que habiendo tomado intervención la Dirección de Jurisdicción de Re-
gularización de Obras y Proyectos de la Dirección de Vivienda elabora infor-
me titulado “Adecuación Provisoria – Obra Faltante a Ejecutar – Mayo/2021”,
de donde surge que a la fecha del primer salto el porcentaje físico faltante de
ejecutar era del 100%, y que la variación al mes de mayo/2021 alcanzó un
14,70%, lo que representa un saldo a integrar de $ 9.911.171,98.
Que, en consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la obra
asciende a la suma de $ 81.291.572,01 (redondeo sistema pop 0,03 centavos),
surgiendo de las constancias obrantes en autos que los cálculos practicados se
realizaron conforme previsiones del artículo 13 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha incorporado en las presentes actuaciones Formulario de
Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripta por el represen-
tante legal de la empresa con fecha 15 de junio de 2021, por la que
se acepta la Primera Adecuación Provisoria de Precios, habiendo efectua-
do la contratista la renuncia a todo reclamo conforme lo estipulado por el
artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado en autos el Documento de Contabilidad – Orden
de Compra Nº 2021/000026 confeccionada por la Dirección de Jurisdicción
Económico Financiero y de Administración de la Dirección de Vivienda,
que certica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Que obra Dictamen Nº 363/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de las constancias
obrantes en autos surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales
necesarios previstos por los Decretos Nros. 800/2016 y 30/2018, atento a que
se ha vericado una variación en los precios ponderados de los factores de
costos del contrato superior al cinco por ciento (5%) respecto a los valores
contractuales vigentes, por lo que considera que puede procederse conforme
lo propiciado por la Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de
Viviendas Sociales, quien deberá solicitar oportunamente la integración de la
garantía de contrato y suscribir la addenda correspondiente, habida cuenta que
existe una modicación en el precio contractual que produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública, con las observaciones allí
efectuadas que son de carácter formal y no impiden la prosecución del trámite.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales este Ministerio bajo el N°
363/2021, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Primera Adecuación Provisoria de Precios
por variación de costos producida en el mes de mayo de 2021, de los traba-
jos faltantes de ejecutar en la obra: “INFRAESTRUCTURA PARA 105 LOTES,
CONSTRUCCIÓN DE NEXO DE AGUA Y CLOACA EN B° ALTOS DE GUI-
ÑAZÚ (EL CHINGOLO - PARCELA 13) – PROVINCIA DE CÓRDOBA” por la
suma total de Pesos Nueve Millones Novecientos Once Mil Ciento Setenta y
Uno con Noventa y Ocho Centavos ($ 9.911.171,98), conforme Formulario de
Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripta por la Director de
Jurisdicción de Regularización Obras y Proyectos de la Dirección de Vivienda
por un lado y por el representante legal de la empresa TOINAR S.R.L., contra-
tista de la obra, por el otro, que como Anexo I, compuesto de una (1) foja, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Nueve Millones Novecientos Once Mil Ciento Setenta y Uno con
Noventa y Ocho Centavos ($ 9.911.171,98), conforme lo indica la Dirección
de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección
de Vivienda, en su Documento de Contabilidad – Orden de Compra Nº
2021/000026, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 518-000, Partida
12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Regularización Do-
minial y Recupero de Viviendas Sociales, a suscribir la Enmienda de Contra-
to por adecuación provisoria de precios, debiendo la rma TOINAR S.R.L.,
integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección de
Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección de
Vivienda, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Ocial, pase a la Subsecretaría de Regularización Dominial y
Recupero de Vivienda Sociales.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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