Resolución Nº 312/GCABA/SSGEOPE/16
Firmantes | Jaime |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Gestión Operativa |
Fecha de la disposición | 5 de Octubre de 2016 |
VISTO:
El Expediente 2016-12233807-MGEYA-HGAP, el T.S. N° 662-2-16, la Resolución N°
2016-2428-MHGC, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Expediente se tramita el T.S. N° 662-2-16 referente al
incumplimiento contractual incurrido por la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L., en
virtud del contrato amparado mediante Orden de Compra N° 425-6787-OC15, por la
cual se adquirieron medicamentos destinados al Hospital General de Agudos "Dr. José
María Penna";
Que en fecha 21 de Diciembre de 2015, la adjudicataria presenta una nota en la que
informa que el producto perteneciente al renglón N° 7 "...se encuentra en falta en el
laboratorio elaborador, por tal motivo solicitamos dar de baja las 10 unidades
pendientes de entrega...";
Que lo expresado motivó el dictado de la DISFC-2016-5-HGAP, por la cual se le
aplicaron a la firma las penalidades reglamentarias correspondientes por la rescisión
parcial del contrato, por un importe de Pesos Ciento Nueve con 50/100 ($109.50);
Que mediante la DISFC-2016-119-HGAP se rectifica el Art. 2° del citado acto
administrativo quedando redactado de la siguiente manera "...Impóngase a la firma
ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. CUIT: 30- 71187832-3 una multa de Pesos Setenta
y Tres con 00/100 ($73.00),equivalente al 10% del monto de los insumos no provistos"
por lo cual deberá reintegrarse a la firma la suma de Pesos Treinta y Seis con 50/100
($36.50), correspondiente a la diferencia entre los importes;
Que dichos actos administrativos fueron notificados de acuerdo a los Artículos 62.-
Diligenciamiento y 63.- Forma de las notificaciones, de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N°
5454);
Que se corrió el traslado previsto en el Artículo 137.- Sanciones, de la Ley N° 2095
(texto consolidado por Ley N° 5454) y se siguió el procedimiento administrativo
estatuido por las normas legales vigentes;
Que llamada a intervenir la Unidad Operativa de Adquisiciones, la Farmacéutica
Gabriela Crisci expresa "...la falta de entrega de los insumos "COBRE SULFATO INY
AMPOLLAS" solicitado en la O.C. N° 425-6787- OC15,de la firma Alpha Médical Group
SRL causó perjuicio dado que los proveedores de las órdenes de compra abierta no
tenían stock...", luego ratificado por el Director Médico del Hospital en su IF-2016-
12213902-HGAP...
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