Resolución N° 31

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 32 CÓRDOBA, 19 de febrero de 20158
Resolución Interna N° 3562
Córdoba, 18 de febrero de 2015
VISTO, la Resolución Interna N° 3554/2014
por la que se implementa de forma obligatoria
el Certificado Catastral vía Web a partir del 1 de
Agosto de 2014.
Y CONSIDERANDO:
Que por artículo Tercero de la citada
resolución, se estableció que “...hasta tanto se
realicen los ajustes normativos y de sistemas,
los Certificados Catastrales cuya solicitud se
origine en sede judicial o por funcionario
administrativo no estarán abarcados por la
presente Resolución, pudiendo en
consecuencia ser solicitados y emitidos a través
de las modalidades tradicionales en soporte
papel..”.-
Que actualmente se encuentran dadas las
condiciones a los fines de incluir el Certificado
Catastral solicitado por funcionario
administrativo dentro del régimen de certificado
web.-
Por lo expuesto, y en virtud de lo establecidos
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N°
150/04 Reglamentario de la Ley N° 9086, modificado por Decreto
N° 1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes
y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las
modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos
asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que por Decreto Nº 2881/11 se reestablecieron las facultades
oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la
materia.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de
la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias certificadas de Formularios de
Compensación Nros. 26, 27, 28, 29 y 30 de las modificaciones
presupuestarias realizadas en el mes de Septiembre de 2014.
Que a fs. 11 obra Resolución Ministerial Nº 021 de fecha 27 de
Junio de 2014, mediante la cual se faculta al Director General de
Administración de este Ministerio a efectuar las modificaciones de
las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al
Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la
Administración Provincial en vigencia, con los alcances y
condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, con efecto
retroactivo al 01 de Mayo de 2014.
Que dichas modificaciones propuestas encuadran en las
disposiciones legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en
los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera
y del Control Interno de la Administración General del Estado
Provincial N° 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de
este Ministerio, bajo N° 137/14,
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA Y
DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- FORMALIZAR las modificaciones en las
asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto Gen-
eral de la Administración Provincial en vigencia, conforme los
Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros.
26, 27, 28, 29 y 30 correspondientes al mes de Septiembre del
año 2014, que como Anexo Único, compuesto de cinco (5) fojas
útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tri-
bunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría
General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto
e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. MARTÍN MIGUEL LLARYORA
MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA Y
DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
ANEXO
http://goo.gl/zlYLbJ
Resolución N° 31
Córdoba, 18 de Febrero de 2015
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aprobación el Acta de
Asamblea General Ordinaria N° 381, de fecha 19 de Noviembre de 2014, correspondiente al
Consorcio Caminero N° 228, de Santa Eufemia, referida a la elección de Tesorero por renuncia
de su antecesor, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que por renuncia del Señor Marcelo Aguirre, quien se desempeñaba en el cargo de Tesorero,
corresponde elegir a su reemplazante hasta completar el período del mandato por el cual fue
electo su antecesor.
Que del Acta de Asamblea acompañada en autos e informe del Departamento I Conservación
Caminos de Tierra, surge que se ha procedido a elegir al reemplazante de la persona antes
citada, resultando electo el Señor FREZZI, Cerafín Hugo, D.N.I. 06.599.995, como Tesorero
del referido Consorcio.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 25/15 que luce en autos, concluye
que no tiene objeción jurídico – formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad
puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 8555
Art. 3 en concordancia con lo dispuesto por los Arts. 16 inc. c) y 22 de la Ley N° 6233.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría
Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N° 8555 y las previsiones de la Ley N°
6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acta N° 381 correspondiente a la Asamblea General Ordinaria
del Consorcio Caminero de Santa Eufemia, de fecha 19 de Noviembre de 2014, referida a la
elección de Tesorero, por las razones vertidas en los considerando de la presente, resultando
electo el Señor FREZZI, Cerafín Hugo, D.N.I. 06.599.995, como Tesorero.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido, como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo
anterior, que el mandato de la persona antes referida, y que resultara electa en el cargo de
Tesorero, tiene vigencia desde la fecha de la presente Resolución, y hasta la finalización del
período por el cual fue electo su antecesor.-
ARTÍCULO 3°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia
al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.
DR. EZEQUIEL VIGLIANCO ING. RAUL BERTOLA
VOCAL DIRECTORIO PRESIDENTE
CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL DIRECTORIO
en los artículos 34 y 36 de la Ley N° 5057 y en
ejercicio de las atribuciones de organización y
gestión del servicio inherentes a la función de
Director conferidas por la citada ley;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: Incluir en el Régimen de
expedición del Certificado Catastral vía web, a
las solicitudes originadas por funcionario
administrativo provincial con el fin de obtener la
protocolización de planos y/o inscribir la
transmisión o modificación de dominio de
inmuebles, instadas por vía administrativa.
ARTÍCULO 2: Protocolícese, publíquese en
el Boletín Oficial, comuníquese a la Secretaría
de Ingresos Públicos, al Colegio de Escribanos
de la Provincia de Córdoba, al Registro Gen-
eral de la Provincia, notifíquese al personal de
la Dirección General de Catastro. Cumplido
Archívese.-
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE
CATASTRO
Resolución N° 1
Córdoba, 5 de enero de 2015.-
VISTO: EL Expte. Nº 0129-113142/2014, de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del
Automotor, por el que se propicia el incremento de primas y los capitales asegurados a partir de
Enero de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 3225/94, se regularon las bases para establecer los Capitales del Seguro de
Vida e Incapacidad Total Permanente previsto por la Ley N° 5501, tomando como base el sueldo
que por todo concepto perciba la Categoría I – Nivel Ingreso – del Escalafón del personal de la
Administración Pública, excluyendo los Adicionales especiales vigentes al mes de noviembre de
1994.-
Que el Decreto N° 386/07, modifica el Art. 3° del Decreto citado, tomando como base sólo la
Asignación Básica de la Categoría I – Nivel Ingreso – del Escalafón del personal de la Administración
Pública Provincial, excluyendo todo tipo de adicional y cualquier otro rubro que conforme el salario
de dicha categoría.-
DIRECCIÓN DE
SEGURO DE VIDA Y RESGUARDO DEL AUTOMOTOR

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