Resolución Nº 308/PJCABA/?/16
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 5 de Octubre de 2016 |
VISTO:
El Expediente DCC N° 015/15-4 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF N° 110/2015 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Contratación Directa N° 26/2015 tendiente a la adquisición de ciento
veintisiete (127.-) suscripciones anuales -2015- a elDial.com "Biblioteca Jurídica
Online", más nueve (9.-) suscripciones anuales sin cargo conforme el Convenio
aprobado por Resolución CM N° 178/200 y se adjudicó a la firma Albremática S.A. por
el monto total de trescientos noventa y tres mil setecientos pesos ($ 393.700,00), de
acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 50/65 y según la Invitación a
Cotizar obrante a fojas 47/48 (fs. 80/81).
Que la citada contratación se formalizó mediante la Orden de Compra N° 814 que luce
incorporada a fojas 85.
Que luego, mediante Nota N° 116/2015, la entonces Dirección de Programación y
Administración Contable (actual Dirección General de Programación y Administración
Contable) informó que la contratación de suscripciones 2015 de Albrematica S.A. se
encuentra cancelada según consta en la Hoja de Control de Pagos a fojas 205 (fs.
206).
Que sin perjuicio de lo antedicho, mediante Actuación N° 12028/16 (incorporada al
Expediente del Visto a fojas 240/250) tramita la presentación de la firma Albremática
S.A. en la que acompaña la factura B N° 0004-00118301 por el monto de doscientos
treinta y tres mil seiscientos cuatro pesos ($233.604,00) correspondiente a la
prestación del servicio biblioteca jurídica online durante el periodo comprendido entre
el 1° de enero de 2016 y el 31 de mayo de 2016, solicita el cobro de dicho importe y
aclara que "(...) dicha suma surge del presupuesto de las suscripciones para el año
2016 que fuera presentado oportunamente y se detalla a continuación, el cual incluye
un ajuste de precio con respecto al del año 2015" (fs. 249/250).
Que en consecuencia, la Dirección General de Programación y Administración
Contable recalcó que la contratación se encuentra cancelada y lo remitió a la Dirección
General de Compras y Contrataciones (v. Nota N° 176/2016 de fs. 251).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones informó que los
servicios en cuestión "(...) fueron prestados efectivamente por la editorial desde el 1°
de enero de 2016 hasta el 31/05/2016, como consecuencia de la continuidad de las
suscripciones 2015" y agregó que "al día de la fecha, no se ha registrado en esta
Dirección General reclamo alguno...
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