Resolución Nº 308/PJCABA/?/16

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2016

VISTO:

El Expediente DCC N° 015/15-4 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF N° 110/2015 se aprobó el procedimiento llevado a

cabo en la Contratación Directa N° 26/2015 tendiente a la adquisición de ciento

veintisiete (127.-) suscripciones anuales -2015- a elDial.com "Biblioteca Jurídica

Online", más nueve (9.-) suscripciones anuales sin cargo conforme el Convenio

aprobado por Resolución CM N° 178/200 y se adjudicó a la firma Albremática S.A. por

el monto total de trescientos noventa y tres mil setecientos pesos ($ 393.700,00), de

acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 50/65 y según la Invitación a

Cotizar obrante a fojas 47/48 (fs. 80/81).

Que la citada contratación se formalizó mediante la Orden de Compra N° 814 que luce

incorporada a fojas 85.

Que luego, mediante Nota N° 116/2015, la entonces Dirección de Programación y

Administración Contable (actual Dirección General de Programación y Administración

Contable) informó que la contratación de suscripciones 2015 de Albrematica S.A. se

encuentra cancelada según consta en la Hoja de Control de Pagos a fojas 205 (fs.

206).

Que sin perjuicio de lo antedicho, mediante Actuación N° 12028/16 (incorporada al

Expediente del Visto a fojas 240/250) tramita la presentación de la firma Albremática

S.A. en la que acompaña la factura B N° 0004-00118301 por el monto de doscientos

treinta y tres mil seiscientos cuatro pesos ($233.604,00) correspondiente a la

prestación del servicio biblioteca jurídica online durante el periodo comprendido entre

el 1° de enero de 2016 y el 31 de mayo de 2016, solicita el cobro de dicho importe y

aclara que "(...) dicha suma surge del presupuesto de las suscripciones para el año

2016 que fuera presentado oportunamente y se detalla a continuación, el cual incluye

un ajuste de precio con respecto al del año 2015" (fs. 249/250).

Que en consecuencia, la Dirección General de Programación y Administración

Contable recalcó que la contratación se encuentra cancelada y lo remitió a la Dirección

General de Compras y Contrataciones (v. Nota N° 176/2016 de fs. 251).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones informó que los

servicios en cuestión "(...) fueron prestados efectivamente por la editorial desde el 1°

de enero de 2016 hasta el 31/05/2016, como consecuencia de la continuidad de las

suscripciones 2015" y agregó que "al día de la fecha, no se ha registrado en esta

Dirección General reclamo alguno...

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