Resolución N° 3076 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 234
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
análisis en razón de: “… el importante retraso tarifario que hace casi impo-
sible cumplir con las obligaciones delegadas por el Gobierno Provincial.
Asimismo expresa que, ese retraso tarifario, se amplió en el presente año
debido al alto índice inacionario que vivió nuestro país que superó amplia-
mente el 40%.
Enuncia además que, no obstante el aumento de los costos jos y debi-
do al deterioro sufrido por las arterias (Rutas Provinciales N° 6 y 10), es
necesario realizar en forma urgente reparaciones varias, sobre la carpeta
asfáltica, alcantarillas, canales, puentes y banquinas.-
Maniesta que muchas de esas deciencias, fueron detectadas y detalla-
das en el informe elaborado por la Gerencia Vial y Edilicia, del que surge se
deben realizar importantes inversiones, debiendo en consecuencia el Ente,
tener que invertir mayores recursos.-
Que por último, fundamenta su solicitud de reajuste, detallando diferentes
inversiones en obras en la traza a su cargo, expresando que las mismas,
“superan ampliamente las tareas de conservación de rutina, debiendo
efectuarse tareas como re asfaltado, fresado, bacheo profundo”.
Que alude mayores costos relacionados al personal afectado a la presta-
ción del servicio.
Que nalmente, en cuanto al reajuste tarifario, informa que los mayores in-
gresos proyectados, no serán los necesarios para dar cumplimiento a la to-
talidad de las obligaciones a cargo de esta parte, expresando que se están
analizando alternativas de nanciamiento de parte del Estado Provincial.-
Que concluye, solicitando se disponga la aprobación de los valores tarifa-
rios propuestos en los porcentajes y fechas mencionadas en los puntos a)
y b) de su presentación de fu.4.
Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento de
la cuestión planteada. En efecto, el artículo 25 inciso h) de la Ley Nº 8835 -
Carta del Ciudadano -, establece que es competencia del ERSeP, “Aprobar
las modicaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios
de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos
de los títulos habilitantes…”.
Que en relación a lo anterior, se pone a consideración la procedencia de
la convocatoria a audiencia pública a los nes de someter a evaluación la
readecuación del cuadro tarifario vigente equivalente al 60% aplicado de
las siguiente manera a saber: a) Cuarenta (40%) por ciento, para cada una
de las categorías a partir del 1ro. de enero del 2017; y b) del veinte (20%)
por ciento para cada una de las categorías a partir del 1 ° de julio del 2017,
en un todo de acuerdo a los fundamentos vertidos en la presentación in-
corporada en Fu. 4, 1/2.
Que a fs. 5/6 obra Informe elaborado por personal del Área de Costos y
Tarifas de este Organismo. En el mismo se concluye que: “En base a la
evidencia presentada, esta Área de Costos y Tarifas entiende que están
dadas las condiciones para convocar a una Audiencia con la nalidad de
analizar una recomposición tarifaria para el servicio de peajes en la Ruta
N°6”.
Que por su parte, el artículo 20 de la Ley N° 8835, según modicación
introducida por la Ley N° 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá
convocar a audiencia pública “cuando el informe o tratamiento se relacione
con la modicación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en
forma previa a su implementación....
Que respecto a lo anterior, el Reglamento General de Audiencias Públi-
cas aprobado por Resolución General ERSeP Nº 40/2016, establece que,
por resolución del Directorio, se deberá convocar a Audiencia Pública con
mención de su objeto, lugar y fecha de celebración, lugar en donde se
puede recabar información, y plazo para la presentación de la solicitud de
participación de los interesados.
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artí-
culos 21 y concordantes de la Ley N° 8.835 – Carta del Ciudadano – y lo
dictaminado por el Servicio Jurídico de la Gerencia Vial y Edilicia de este
Organismo bajo el N° 12/2016, el Honorable Directorio del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P);
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: CONVOCASE a Audiencia Pública para el día 14 de
Diciembre de 2016 a las 11:00 hs. en el Centro de jubilados y Pensionados
de Pasco, sito en calle Buenos Aires s/n Localidad de Pasco, a los nes
del tratamiento del aumento de tarifas y modicación en la estructura tari-
faria de aplicación en la Ruta Pcial. N° 6 a cargo del Ente Intermunicipal y
Comunal Ruta Pcial. N° 6 y detallada el anexo único compuesto de una (1)
foja, que se adjunta a la presente.
ARTICULO 2°: ESTABLÉCESE que la información relativa a la audien-
cia pública podrá recabarse en el Ente Regulador de los Servicios Públicos
(ERSeP) sito en calle Rosario de Santa Fe N° 238, Córdoba Capital.
ARTICULO 3°: ESTABLÉCESE que las solicitudes de inscripción
como expositor podrán efectuarse hasta el día miércoles 07 de Diciembre
de 2016 inclusive, en el domicilio establecido en el artículo precedente (ER-
SeP).
ARTÍCULO 4°: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, publíquese en el
Boletín Ocial y dése copia.
DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: https://goo.gl/8KNci1
Resolución N° 3076
Córdoba, 23 de Noviembre de 2016.-
Y VISTO:
El Expediente N° 0521 – 052855/2016, en el que obra presentación efec-
tuada por la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros
Servicios Públicos Limitada (FACE) y Federación de Cooperativas Eléc-
tricas y de Obras y Servicios Públicos Limitada de la Provincia Córdoba
(FECESCOR), como así también de Distribuidoras Cooperativas no repre-
sentadas por las Federaciones, mediante la cual solicitan al Ente Regula-
dor de los Servicios Públicos (ERSeP), convocar a Audiencia Pública, con
el objeto que se trate, a saber: 1) Recomposición de los cuadros tarifarios
vigentes de las Cooperativas Concesionarias de Distribución de Energía
Eléctrica en la Provincia de Córdoba, 2) Recomposiciones tarifarias con
periodicidad trimestral para los años 2017, 2018 y 2019, 3) Aprobación del
mecanismo de Pass Through contemplado en años anteriores.
Y CONSIDERANDO:

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