Resolución N° 304

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición24 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 3 de Setiembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIX Nº 168 Primera Sección 3
correspondiente a los meses de MARZO/2014, MAYO/2014 y
AGOSTO/2014 de la obra: “Ampliación de un aula y cerramiento
de Salón de Usos Múltiples (S.U.M.) en el JARDIN DE
INFANTES PEDRO RUIZ GARIBAY, ubicado en calle Guadancol
N° 1850 – B° Empalme CORDOBA – Departamento Capital”,
suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura y la
Empresa DIARTA S.A., obrante a fs. 62/66, la que a los efectos
pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I,
compuesta de CINCO (5) fojas y consecuentemente autorizar la
inversión de la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE
MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON SESENTA Y UN
CENTAVOS ($169.633,61.-), para atender la diferencia a abonar
por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme las
razones expresadas en considerandos que se dan por
reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2*. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la
Dirección de Administración del Ministerio de Educación en Nota
de Pedido Nº 2015/000134 (fs. 70) – Programa 376-000 –
PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por Terceros del
P.V. -
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE , Intervenga Dirección
de Administración del Ministerio de Educación, tome razón el
Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el
Boletín Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y
Certificaciones, a sus efectos .-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 278
Córdoba, 15 de abril de 2015
EXPEDIENTE N° 0047- 002868/2014 – REFERENTE N° 2.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante Nota de
fecha 03 de Diciembre de 2014, la Empresa ANSAL
CONSTRUC CIONES S.R.L., contratista de la obra:
“Reparaciones generales que oportunamente se determinen
para la realización del PLAN DE REPARACIONES GEN-
ERALES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL UBICADOS EN LA CIUDA
DE CÓRDOBA – AÑO 2014 ZONA NORESTE”, solicita
Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el
marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 rectificado
por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 4/6 obra documentación presentada por la
contratista, fundamentando su petición;
QUE en cumplimiento a disposiciones internas se agregan
a fs. 8/19, documentación relacionada con la ejecución de la
obra que se trata, de la que se desprende que la Adjudicación
se perfeccionó mediante Resolución N° 597 de la Dirección
General de Arquitectura con fecha 23/07/2014,
suscribiéndose el Contrato pertinente con fecha 17/10/2014,
replanteándose en la misma fecha;
QUE a fs. 21 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta;
QUE a fs. 23/31 toma participación Sección Costos
elaborando planilla e informe del que surge que, atento lo
dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/
2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto
por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se constató una
variación a partir del mes de AGOSTO/2014 del 7,50% y
otra al mes de ENERO/2015 del 7,68%, por lo que se
procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri),
verificándose una primera variación de costos a partir del
mes de Agosto/2014, con un porcentaje del 6,75%,
habiéndose aplicado los Números Índice publicados
mensualmente en el Anexo del Libro INDEC informa a valores
del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior al
de la fecha de cotización (Mayo/2014). A continuación se
constató una segunda variación de costos a partir del mes
de Enero/2015 con un porcentaje del 6,91%, utilizándose
idéntica metología a la detallada precedentemente, con
valores del mes anterior a dicha fecha y valores del mes
anterior al de la primera variación Agosto/2014, resultando
un total a reconocer a la contratista por dichos conceptos de
$ 145.262,11.- lo que hace un Presupuesto de Obra
Redeterminado de $ 1.643.087,12.- Al pié de fs. 32/33, las
Direcciones de Obras, Licitaciones y Contrataciones y de
Planificación y Proyectos, propician la continuidad del trámite;
QUE a fs. 34, mediante Dictamen N° 140/15, División
Jurídica expresa que conforme las actuaciones agregadas
en autos y el referido análisis de fs. 23/31 elaborado por la
Sección Costos, no existe objeción de orden jurídico formal
para proceder a la Redeterminación solicitada;
QUE respecto de los análisis técnico y contable, ese
Servicio Asesor no abre juicio por cuanto escapa al ámbito
de su competencia material;
QUE por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos
Provinciales Nª 1133/10 y 1231/10, y el Dcto. 2773/11,
puede el Director aprobar lo actuado y dictar el acto
administrativo haciendo lugar a la Redeterminación de que
se trata, salvo mejor opinión;
QUE a fs. 35/40 Obra Acta Acuerdo por Redeterminación
de Precios por Variaciones de Costos, suscripta entre el
Señor Director General de Arquitectura y la empresa ANSAL
CONSTRUCCIONES S.R.L., con fecha 18/03/2015;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precios por Variación de Costos,
correspondientes a los meses de AGOSTO/14 y ENERO/
15; de la obra: “Reparaciones generales que oportunamente
se determinen para la realización del PLAN DE
REPARACIONES GENERALES DE ESTABLE CIMIENTOS
PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
UBICADOS EN LA CIUDA DE CÓRDOBA – AÑO 2014 ZONA
NORESTE”, suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES
S.R.L., obrante a fs. 35/40, la que a los efectos pertinentes
forma parte de la presente Resolución como Anexo I,
compuesta de SEIS (6) fojas, y consecuentemente se autorice
la inversión de la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y
CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON ONCE
CENTAVOS ($ 145.262,11.-), para atender la diferencia a abonar
por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme las
razones expresadas en considerandos que se dan por
reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2*: EL EGRESO será imputado conforme lo
indica la Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura en Nota de Pedido N° 2015/000786 (fs.43) –
Programa 506-011 – Partidas 12.06.00.00. – Obra Ejecución
por Tercero del P.V.-
ARTICULO 3°: PROTOCOLICESE , Intervenga Dirección de
Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón el
Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el
Boletín Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y
Certificaciones, a sus efectos .-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
ANEXO
http://goo.gl/7tSprq
Resolución N° 304
Córdoba, 24 de abril de 2015
EXPEDIENTE N° 0047- 002871/2014 – REFERENTE N° 2.-
VISTO este Referente en el que a fs. 3 mediante Nota de fecha
06 de Octubre de 2014, la Empresa IC CONSTRUCCIONES
S.R.L., contratista de la obra: “Reparaciones generales que
oportunamente se determinen para la realización del PLAN DE
REPARACIONES DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS DE
LA ADMINISTRACION PROVINCIAL UBICADOS EN LA
CIUDAD DE CORDOBA – AÑO 2014 – ZONA SURESTE”,
solicita Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el
marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 rectificado
por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 4/6 obra documentación presentada por la contratista,
fundamentando su petición;
QUE en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs.
8/15, documentación relacionada con la ejecución de la obra
que se trata, de la que se desprende que la Adjudicación se
perfeccionó mediante Resolución N° 593 de la Dirección Gen-
eral de Arquitectura con fecha 23/07/2014, suscribiéndose el
Contrato pertinente con fecha 25/09/2014, replanteándose la
misma con fecha 06/10/2014;
QUE a fs. 17 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta;
QUE a fs. 19/23 toma participación Sección Costos elaborando
planilla e informe del que surge que, atento lo dispuesto por los
artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP
Nº 013/2011, se verificó una variación de costos a partir del mes
de AGOSTO/2014 del 7,50%, por lo que se procedió a calcular
el Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente, verificándose
una variación de costos a partir del mes de AGOSTO/2014, con
un porcentaje del 6,75%, habiéndose aplicado los Números
Índice publicados mensualmente en el ANEXO DEL
CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes anterior
a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de
cotización (Mayo/2014), resultando un total a reconocer a la
contratista por dichos conceptos de $ 97.743,88.- lo que hace un
Presupuesto de Obra Redeterminado de $ 1.546.205,08.- A fs.
24 y 25, las Direcciones de Obras, Licitaciones y Contrataciones
y de Planificación y Proyectos, propician la continuidad del trámite;
QUE a fs. 26, mediante Dictamen N° 139/15, División Jurídica
expresa que conforme las actuaciones agregadas en autos y el
referido análisis de fs. 19/23 elaborado por la Sección Costos,
no existe objeción de orden jurídico formal para proceder a la
Redeterminación solicitada;
QUE respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio
Asesor no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su
competencia material;
QUE por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos
Provinciales Nª 1133/10 y 1231/10, y el Dcto. 2773/11, puede el
Director aprobar lo actuado y dictar el acto administrativo haciendo
lugar a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión;
QUE a fs. 27/30 obra Acta Acuerdo por Redeterminación de
Precios por Variaciones de Costos, suscripta entre el Señor Di-
rector General de Arquitectura y la empresa IC
CONSTRUCCIONES S.R.L., con fecha 18/03/2015;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precios por Variación de Costos,
correspondientes al mes de AGOSTO/14 de la obra:
“Reparaciones generales que oportunamente se determinen para
la realización del PLAN DE REPARACIONES DE
ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS DE LA ADMINISTRACION
PROVINCIAL UBICADOS EN LA CIUDAD DE CORDOBA –
AÑO 2014 – ZONA SURESTE”, suscripta entre el Señor Direc-
tor General de Arquitectura y la Empresa IC
CONSTRUCCIONES S.R.L., obrante a fs. 27/30, la que a los
efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como
Anexo I, compuesta de CUATRO (4) fojas, y consecuentemente
se autorice la inversión de la suma de PESOS NOVENTA Y
SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON
OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 97.743,88.-), para atender
la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerandos
que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2*: EL EGRESO será imputado conforme lo
indica la Dirección General de Administración del Ministerio de

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