Resolución Nº 303/GCABA/AGIP/16

FirmantesBallotta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición14 de Junio de 2016

VISTO:

LA LEY 2095 Y SUS MODIFICATORIAS, SU DECRETO REGLAMENTARIO N°

95/GCABA/14, LA LEY 2603, LAS RESOLUCIONES N° 480/MHGC/13 Y N°

423/AGIP/15 Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 6.501.729-MGEYADGESYC-15,

Y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación se tramitó la prórroga de la locación administrativa del

inmueble sito en la calle Av. San Juan 1369/73 de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 14, Manzana 39, Parcela

11, con destino a oficinas administrativas y técnicas para la Dirección General de

Estadística y Censos dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos;

Que mediante Resolución N° 423/AGIP/15 se autorizó la citada prórroga por un

período de dos (02) años a partir del 01 de mayo de 2015 hasta el 30 de abril de 2017

y se aprobó la Clausula Adicional al Contrato de Locación Administrativa, en un todo

de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28, inciso 12, apartado m) del Anexo I del

Decreto N° 95/GCABA/14 reglamentario de la Ley N° 2095;

Que el día 03 de julio de 2015 se suscribió la prórroga del contrato de locación

administrativa entre el propietario del inmueble Señor Hulio Cesáreo Dialeva Naredo y

el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos, estableciéndose en su Clausula

Tercera que los valores mensuales del canon para el segundo año serán

consensuados entre las partes, previa tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires;

Que la Gerencia Recupero del Crédito del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó la

tasación respectiva y estableció el canon locativo mensual del inmueble, en la suma

de pesos ciento treinta mil ($ 130.000,00);

Que de las tratativas llevadas a cabo por la Dirección General de Estadística y Censos

con el propietario del inmueble dieron como resultado que se fije el valor mensual del

canon locativo para el segundo año en la suma de pesos ciento cincuenta y seis mil ($

156.000,00);

Que resulta conveniente resaltar que el precio pactado se encuentra dentro de los

parámetros establecidos por la normativa vigente y en virtud de las características del

bien que garantizan la continuidad de las tareas que se...

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