Resolución N° 302

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIX - Nº 182 CÓRDOBA, 22 de Setiembre de 20156
RESOLUCIÓN DE DELEGACIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL NÚMERO: CATORCE.
En la Ciudad de Deán Funes, a los once días del mes de septiembre de dos mil quince, se
reúnen los Señores Vocales de la Cámara Criminal, Correccional, Civil, Comercial, de Fa-
milia y del Trabajo de esta Ciudad, y ACORDARON: Y VISTO: La necesidad de realizar
convocatoria a los fines de la confección de nuevas listas de Síndicos para las Categorías A y
B para ser utilizadas para los sorteos a realizarse en el Juzgado con competencia concursal
de la Novena Circunscripción Judicial por haber transcurrido los cuatro años de vigencia de
la última nómina aprobada por la Cámara y haberse dictado el Reglamento Único para la
conformación de listas de síndicos concursales que motivara la prórroga dispuesta por el
Excmo. Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo N° 621, Serie "A", de fecha Once de
Diciembre de 2007.- Y CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Reglamentario Nro. 958
Serie A del 09/12/08 del Tribunal Superior de Justicia, se ordena la realización del sorteo de
síndicos concursales por las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial con competencia
en la materia de cada circunscripción judicial, conforme a lo preceptuado por la Ley de
Concursos y Quiebras Nro. 24.522.- II) Que la referida convocatoria debe ser efectuada
teniendo en consideración los requisitos y parámetros marcados por el Reglamento Único
aprobado mediante Acuerdo Reglamentario N° 958 Serie “A” de fecha 9 de Diciembre de
2008 y su modificación por Acuerdo Reglamentario Nº 1270 Serie “A” de fecha 17 de marzo
de 2015.- En consideración a la necesidad del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial de la Novena Circunscripción Judicial y la facultad prevista por el inc. 3 del art. 253
de la L.C.Q., se prescinde de la confección de listas de la categoría “A” y se dispone que para
la categoría “B” deberá ser integrada por diez (10) contadores públicos (individuales) titulares
y cinco (5) contadores públicos (individuales) suplentes.- III) Resulta necesario dejar
establecido, para evitar erróneas interpretaciones, que los fines del Orden de Mérito que
hace alusión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sanciones firmes
impuestas a los síndicos o estudios, por actos que se hubieren cometido a partir de la entrada
en vigencia del Acuerdo Reglamentario que se indica en el punto precedente.- Por ello; SE
RESUELVE: Art. 1°) CONVOCAR a inscripción a los postulantes para integrar la Lista de
Síndicos, en la categoría “B”, para ser utilizada en el Juzgado con competencia Concursal de
la Novena Circunscripción Judicial de acuerdo a los requisitos establecidos por el Reglamento
Único aprobado por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario
nro. 958 de fecha 9 de Diciembre de 2008 y su modificación por Acuerdo Reglamentario Nº
1270 Serie “A” de fecha 17 de marzo de 2015.- Art. 2°) Para inscribirse, los interesados
deberán ingresar a la página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba
(cpcecba.org.ar/autogestión) ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de
inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF según las
instrucciones del sistema informático creado a tal fin. En el plazo de 72 hs. de emitida la
constancia de inscripción, el postulante deberá validar la documentación que acredita los
antecedentes acompañados, mediante los originales respectivos, que deberán ser presentados
ante la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas o sus Delegaciones. En
dicha oportunidad deberán acompañar copia del comprobante de pago de la Tasa de Justicia
(Ley 10.250, art. 114, punto 2.4.) rubricada por el profesional. Las inscripciones cuyos
antecedentes no hayan sido validados mediante los respectivos originales, no serán
consideradas.- Art. 3° ) Las solicitudes de que da cuenta el artículo precedente serán
receptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas dentro del horarios que éste
determine, a partir del 01 de octubre de 2015 hasta el 01 de noviembre de 2015.- Art. 4°) La
Lista quedará integrada siempre que se contare con postulantes suficientes, por: Categoría
“B”: diez (10) contadores públicos (individuales) titulares y cinco (5) contadores públicos
(individuales) suplentes.- Art. 5°) Establecer, que a los fines del Orden de Mérito que hace
alusión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sanciones firmes
impuestas a los síndicos o estudios, por actos que se hubieren cometido a partir de la entrada
en vigencia del Acuerdo Reglamentario aludido en el Art. 1°).- Art. 6°) PUBLICAR la presente
convocatoria, mediante edictos por el término de cinco días, en el Boletín Oficial de la Provincia;
incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y remítanse gacetillas de prensa a todos los
periódicos locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal Superior de Justicia
requiriendo se sirva autorizar la contratación de la citada publicidad.- Art. 7°) Oportunamente
se deberá comunicar en forma fehaciente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de
Córdoba, el lugar, día y hora en que se realizarán los sorteos para conformar las Listas para
el Juzgado con competencia Concursal de la Novena Circunscripción Judicial.- Art. 8°)
COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e
Información Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Concursos y Junta de
Calificaciones del Área de Recursos Humanos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de Córdoba y al Juzgado con competencia concursal de la Novena Circunscripción Judicial.- Art.
9°) PROTOCOLÍCESE.-
JUAN ABRAHAM ELÍAS JUAN CARLOS SERAFINI
VOCAL PRESIDENTE
HORACIO ENRIQUE RUIZ
VOCAL
RUBÍ HIERLING
SECRETARIA
5 días - Nº 22250 - s/c - 22/09/2015 - BOE
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA
Resolución N° 302
Córdoba, 17 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0682-005495/2015
en que el Ministerio de Gestión Pública propicia
ajustes en la distribución de los Recursos
Financieros asignados por el Presupuesto
General de la Administración Provincial en
vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito
presupuestario del programa 217 “Actividades
Región Sur” en la partida 03 03 “Servicio de
Mantenimiento y Reparación” por un importe
de $ 5.000.000.-, para atender gastos de
mantenimiento de diversos Centros Educativos.
Que la modificación propuesta encuadra en
las disposiciones legales vigentes de acuerdo
con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas ha manifestado su opinión
favorable acerca de la factibilidad presu
puestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al N° 487/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones
de Recursos Financieros del Presupuesto
General de la Administración Provincial en
vigencia, de conformidad con el detalle analítico
incluido en el Documento Modificación de
Crédito Presupuestario N° 58 del Ministerio de
Gestión Pública, el que como Anexo I con una
(1) foja útil forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dese
intervención a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, a
Contaduría General de la Provincia, infórmese
al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/PCpcFM
Resolución N° 301
Córdoba, 17 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0425-290730/2015
en que el Ministerio de Salud, propicia ajustes
en la distribución de los Recursos Financieros
asignados por el Presupuesto General de la
Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito
presupuestario de partidas varias y programas
varios a efectos de disponer del crédito
presupuestario necesario por PESOS
CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-)
para afectar a las distintas contrataciones de
insumos y servicios con destino a los
establecimientos de capital e interior
dependientes de dicha jurisdicción.
Que la modificación propuesta encuadra en
las disposiciones legales vigentes de acuerdo
con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas ha manifestado su opinión
favorable acerca de la factibilidad
presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al N° 486/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones
de Recursos Financieros del Presupuesto
General de la Administración Provincial en
vigencia, de conformidad con el detalle analítico
incluido en el Documento Modificación de
Crédito Presupuestario N° 20 del Ministerio de
Salud, el que como Anexo I con tres (3) fojas
útiles forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dese
intervención a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, a
Contaduría General de la Provincia, infórmese
al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/8KaVUp
Resolución N° 300
Córdoba, 17 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-017678/2015
en que la Dirección Provincial de Vialidad,
propicia ajustes en la distribución de los
Recursos Financieros asignados por el
Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la
necesidad de incrementar el crédito en el
Programa 504/02 – Ampliación y Conservación
de las Redes Primarias y Secundarias de la
Provincia, partida 12-06 por un monto de $
285.000.000 a los fines de imputar obras
vinculadas a la Conservación y Duplicación
de Calzada RN Nº 36.
Que el Decreto Nº 150/04 faculta a este
Ministerio a efectuar las adecuaciones de
montos, fuentes de financiamiento, plazos,
alcance y toda otra que corresponda, en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de
Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las
modificaciones que se dispongan durante su
MINISTERIO DE
FINANZAS

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