Resolución N° 301/MHFGC/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas - Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición18 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 301/MHFGC/22
Buenos Aires, 13 de julio de 2022
VISTO: Las Leyes Nros 114 y 6292 (textos consolidados por Ley N° 6347), Decreto
PEN 210/89, la Resolución de Firma conjunta RESFC-2022-4-APN-MJ del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio de Economía de la Nación, el Expediente
Electrónico N° 24198851 -GCABA-DGRPJ/22
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de
promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes y goza de
autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que el Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESyV) se encuentra bajo la órbita
de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil del Consejo de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y tiene como función primaria la de
intervenir y custodiar interdisciplinariamente a los/as adolescentes que se encuentren
en los dispositivos institucionales en cumplimiento de medidas dispuestas por la
Justicia Nacional Penal Juvenil, así como también, tienen la función de acompañar, en
ocasión en que los/as mencionados/as jóvenes deban ser trasladados/as fuera de
dichos dispositivos, todo ello, con arreglo a las directivas que se les impartan y
observando para con la población confiada en su custodia un tratamiento respetuoso
de los derechos humanos;
Que la dinámica de la actividad que se desarrolla en los dispositivos destinados a
los/as adolescentes en conflicto con la Ley Penal requiere la adopción de medidas
expeditivas y ligadas a la operatoria del sistema, que permitan asegurar la continuidad
y eficiencia de los servicios a cargo del CESyV, función que no es homologable a
ninguna otra prestación de agentes de seguridad en la égida del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 6.292 se estableció que corresponde al Ministerio de Hacienda y
Finanzas el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de
los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 5° del Decreto PEN N° 210/89, norma que crea y rige a este Cuerpo
Especial, establece que el personal del CESyV será equiparado en lo pertinente,
salarial y jerárquicamente, al que depende del Servicio Penitenciario Federal;
Que, mediante la Resolución de Firma conjunta RESFC-2022-4-APN-MJ del Ministerio
de Economía y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se
estableció la nueva escala salarial para el Servicio Penitenciario Federal;
Que mediante IF-2022-24246880-GCABA-DGRPJ, el titular de la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo propicia que, atendiendo a la tarea
fundamental y de carácter esencial que desempeñan los agentes del CESyV, se les
reconozca el incremento de haberes estipulado en la Resolución de Firma Conjunta
RESFC-2022-4-APN-MJ;
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6420 - 18/07/2022

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