Resolución N° 301 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 202
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 14 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
TENDIENDO PUENTES”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba,
República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“FUNDACION TENDIENDO PUENTES”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos
y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 300 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0007-126370/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “A.C.E.M.M. HERNANDO – ASOCIACION COOPERADORA
ESCUELA MARIA MONTESSORI”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma
del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 9 de Junio
de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumpli-
dos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria con fecha 9 de Junio de 2016 de la entidad civil
denominada “A.C.E.M.M. HERNANDO – ASOCIACION COOPERADORA
ESCUELA MARIA MONTESSORI” CUIT N° 30-66863874-7 con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la reforma del artí-
culo 26 del estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolucion N° 118/”A”/77 de fecha 13 de Septiembre de 1977.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del artículo 26 del Estatuto so-
cial, de la entidad civil denominada “A.C.E.M.M. HERNANDO – ASOCIA-
CION COOPERADORA ESCUELA MARIA MONTESSORI” CUIT N° 30-
66863874-7 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, sancionada
en Asamblea Extraordinaria con fecha 9 de Junio de 2016, en procura de
mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 301 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0650-001531/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “FREYRE UNIDO LUCHA CONTRA EL CANCER – ASOCIA-
CION CIVIL (F.U.L.C.E.C.)”, con domicilio social en la Provincia de Córdo-
ba, República Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 27 de Abril de
2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria con fecha 27 de Abril de 2016 de la entidad civil
denominada “FREYRE UNIDO LUCHA CONTRA EL CANCER – ASOCIA-
CION CIVIL (F.U.L.C.E.C.)” CUIT N° 30-71062593-6 con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la reforma del artículo
1° del estatuto, cambio de denominación a “LALCEC – LIGA ARGENTINA
DE LUCHA CONTRA EL CANCER – FREYRE”, en procura de mejorar el
funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolucion N° 185/”A” de fecha 21 de Mayo de 2007.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del artículo del artículo 1° del
estatuto, cambio de denominación a “LALCEC – LIGA ARGENTINA DE

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