Resolución Nº 30/GCABA/AGC/15
Firmantes | Padilla |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 16 de Enero de 2015 |
VISTO:
EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 00592802/MGEYA/AGC/15, Y
CONSIDERANDO:
Que por la Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud de
contratación de las personas detalladas en el Anexo N° IF-2015-00574547-AGC, para
desarrollar tareas en la Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia
Gubernamental de Control (AGC), por los montos y períodos referidos en el mismo;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 224/13, y sus
complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas
bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los
requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el
legajo personal de cada locador;
Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo
los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos
treinta mil ($ 30.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades
presupuestarias;
Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución N° 3-SECLYT/11 establecen
que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar
por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración
de Documentos Electrónicos -SADE-;
Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y
conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico
por cada persona a contratar;
Que por su parte, el titular de la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) ha
informado que no resulta de aplicación la autorización requerida en el Decreto N°
353/14, la Resolución N° 70/MHGC/14, y el Decreto modificatorio N° 539/14;
Que en virtud de todo lo expuesto corresponde proceder al dictado del acto
administrativo pertinente;
Que, asimismo, el artículo 7° inciso h) de la Ley de creación de esta Agencia
Gubernamental de Control N° 2.624 faculta al Director Ejecutivo de la AGC a contratar
personal para la realización de tareas por tiempo determinado;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y
...
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