Resolución N° 3/SSOBRAS/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición17 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 3/SSOBRAS/20
Buenos Aires, 14 de enero de 2020
VISTO: La Resolución Nº 6/MMGC/15 y el EX-2020-02652728- -GCABA-SSOBRAS y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15,
EL SUBSECRETARIO DE OBRAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia a los agentes Lopez, Fernando, CUIL
20-13481518-4, Oxilia, Leandro, CUIL 23-30081440 9 y De Seta, Sebastian, CUIL 20-
31899144-9 que prestan servicio en diversas áreas dependientes de la Subsecretaria
de Obras dependiente de la Secretaria de Transporte y Obras Publicas del Ministerio
Jefatura de Gabinete, de conformidad con los Anexos IF-2020-2741471-GCABA-
SSOBRAS, IF-2020-2741614-GCABA-SSOBRAS y IF-2020-2746876-GCABA-
SSOBRAS respectivamente, que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde 01/01 hasta
31/12 del corriente año.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese Palacio
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5782 - 17/01/2020

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR