Resolución N° 3/SSGU/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición19 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 3/SSGU/21
Buenos Aires, 12 de mayo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por la Ley Nº 6.347.), el Código de la Edificación (Ley 962),
los Decretos Nº 138/21, Nº151/2021, el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449,
texto consolidado por la Ley 6.017), el Expediente Electrónico Nº 2015-18709409-
MGEYA -DGROC y el Expediente Electrónico Nº 2020- 04569804-GCABA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico Nº 2020-04569804-
GCABA-DGROC, que resulta ser continuación del Expediente Electrónico Nº 2015-
18709409-MGEYA -DGROC, el cual se encuentra asociado, se presentó solicitud de
registro de obras ejecutadas sin permiso no reglamentarias para el inmueble sito en
calle Enrique Martínez N° 2329-31 - Melián N° 2326-30 UF N° 1, de esta Ciudad,
Nomenclatura Catastral: Sección: 39, Manzana: 20, Parcela 08;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 37.67m2, los cuales fueron
llevados a cabo en forma no reglamentaria (P. Baja: galería; P. Alta: habitación, estudio
y sector dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras
existentes que fueran oportunamente aprobadas en Nº de orden 29 Pág. ¾, PLANO-
2015-17764014-DGROC, y los planos presentados para regularizar la situación en Nº
de orden 28, a través de PLANO-2020-20248247-GCABA-DGROC, con destino
“Vivienda Multifamiliar”;
Que a través de IF-2020-21465104-GCABA-DGROC, en Nº de orden 36, la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, informa que los derechos de
Delineación y Construcción están abonados correctamente.;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; conforme consta en Nº de orden 30, a través de RE-2015-17763818-DGROC,
en Pág. 3 a 4 / 86 y autorizándose conforme el instrumento adjunto en Pág. 48 a 53 /
86, en mismo Nº de orden 30;
Que, la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2020-21831043-GCABA-DGROC, en Nº de orden 40, expresó: “...La superficie no
reglamentaria a regularizar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren
permiso de Obra", Artículo 4.6.4.4. " Iluminación y ventilación de los locales de primera
clase" y Artículo 4.6.3.1. "Áreas y lado mínimos de los locales de primera y tercera
clase" todos del Código de Edificación (...) el presente caso encuadra en los términos
del Articulo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado
por Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004. ...”;
Que, la Gerencia Operativa de Registro de Obras, perteneciente a la Dirección de
Registro de Obras y Catastro, a través de Informe IF-2020-23613651-GCABA-
DGROC, en Nº de orden 47, entiende: “...la documentación presentada y según la
declaración jurada, memoria e informe técnico en Orden 30 Pág. 10 a 11 / 86 (RE-
2015-17763818-DGROC), el profesional actuante manifiesta que las obras ejecutadas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6174 - 19/07/2021

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