Resolución N° 3/PG/22

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 3/PG/22
Buenos Aires, 12 de enero de 2022
VISTO: Las Leyes Nros. 269 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y 1.218 (texto
consolidado por Ley Nº 6.347), el Decreto Nº 224/13, las Resoluciones Conjuntas
Nros. 11-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/13, 10-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/14
y 2-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/15, las Resoluciones Nros. 454-GCABA-
MJGGC/20 y 5843-GCABA-MHFGC/21, el Expediente Electrónico Nº 822372-
GCABA-DGTALPG/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) fija las obligaciones,
deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General;
Que por Decreto Nº 224/13 se facultó a el/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a
los/las Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los
funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas bajo los
regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinte
mil ($ 20.000,00.-) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades
presupuestarias;
Que por Resolución Nº 5843-GCABA-MHFGC/21 se elevó el monto establecido en el
artículo 2 del Decreto Nº 224/13 a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL ($ 250.000,00.-);
Que por el citado Decreto se facultó, a su vez, a los mencionados funcionarios a
delegar la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes en los
Directores Generales de su jurisdicción;
Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 11-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/13,
10-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/14 y 2-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/15 y
Resolución Nº 454-GCABA-MJGGC/20 se aprobó el procedimiento de contratación de
personas bajo el régimen de locación de servicios y de obra;
Que, en ese marco, por estos actuados se propicia la contratación bajo la figura de
Locación de Servicios de las personas que se detallan en el Anexo I que integra la
presente;
Que las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos creado por Ley Nº 269 (texto consolidado por Ley Nº 6.347);
Que los citados han declarado bajo juramento que no se encuentran revistando en la
planta permanente ni planta transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, ni le prestan servicios en calidad de pasantes o asistentes técnicos por
convenios realizados con institución alguna, ni perciben subsidios por razones de falta
de empleo y que, además, no han celebrado contrato alguno con este Gobierno cuya
vigencia se superponga con el período que esta Resolución autoriza;
Que, por todo lo expuesto y de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente
Electrónico Nº 822372-GCABA-DGTALPG/22, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente;
Por ello, en uso de las facultades delegadas,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6301 - 20/01/2022

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