Resolución N° 3 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2015
CÓRDOBA, 16 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 111 Primera Sección 3
Decreto N° 558
Córdoba, 5 de junio de 2015
VISTO: el Expediente Letra “M” Nº 04/2013 del Registro del
Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Escribana Ana Ruth
MUGNAINI, Titular del Registro Notarial Nº 285, con asiento en la
ciudad de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, propone como
Adscripta a la Escribana Consuelo GAMOND, Matrícula Profesional
N° 2175.
Que obra en autos la petición de la Escribana Titular y la
conformidad de la propuesta como adscripta, adjuntándose sus
datos personales y profesionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que la Escribana
Ana Ruth MUGNAINI fue designada Titular del Registro Nº 285,
con asiento en la ciudad de Río Cuarto mediante Decreto N° 1704
de fecha 31 de Diciembre de 2012, prestando juramento de Ley el
día 10 de Enero de 2013, continuando en el ejercicio de sus
funciones hasta el día de la fecha.
Que por su parte se informa que la Notaria Consuelo GAMOND
no es titular ni adscripto a ningún Registro Notarial.
Que se ha pronunciado en forma favorable a lo propiciado, el
Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, haciendo lo
propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 25, 26 y concordantes
de la Ley Orgánica Notarial Nº 4183 y sus modificatorias, artículos
44, 50 y 51 del Decreto Reglamentario Nº 2259/75, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Gobierno y Seguridad con el Nº 416/2015, por la Fiscalía de
Estado bajo el Nº 448/2015 y en uso de las atribuciones conferidas
en el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- DESIGNASE a la Escribana Consuelo GAMOND,
(D.N.I. Nº 28.579.546), Matrícula Profesional Nº 2175, Adscripta al
Registro Notarial Nº 285, con asiento en la ciudad de Río Cuarto,
Departamento Río Cuarto de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Gobierno y Seguridad y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de
Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Resolución N° 1 - Letra:A Córdoba, 12 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117098/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Asociación Civil de Camioneros Libres de Leones”, con asiento en la Ciudad de Leones, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “Asociación Civil de
Camioneros Libres de Leones”, con asiento en la Ciudad de Leones, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 3 - Letra:A Córdoba, 18 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-111143/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL MULTICULTURAL CHIHIMIS CIS”, con asiento en la Ciudad de Villa de
Soto, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL
MULTICULTURAL CHIHIMIS CIS”, con asiento en la Ciudad de Villa de Soto, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 4 - Letra:A Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-116254/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Fundación Base”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “Fundación Base”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 5 - Letra:A Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117035/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL DE TRANSPORTISTAS DE SANTA CATALINA-HOLMBERG”, con asiento
en la Localidad de Santa Catalina-Holmberg, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS

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