Resolución N° 3/APRA/21

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 3/APRA/21
Buenos Aires, 3 de diciembre de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 2.095, 2.628 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),
los Decretos Nros. 463/GCABA/19 y modificatorios, 497/GCABA/19 y 74/GCABA/21,
las Disposiciones Nros. 3/DGPRDS/21 y 5/DGPRDS/21, el Expediente Electrónico N°
EX-2021-11890879-GCABA- DGTALSECA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre las Secretarías del Poder
Ejecutivo a la Secretaría de Ambiente;
Que por Decreto N° 463/GCABA/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, incluyéndose
como organismos dependientes de esta Secretaría de Ambiente a la Subsecretaría de
Políticas de Infraestructura Verde Urbana y Desarrollo Sostenible, la Dirección General
Áreas de Conservación, la Dirección General Restauración Ecológica y
Recomposición Ambiental, la Dirección General Promoción para el Desarrollo
Sostenible y los Organismos F/N Unidad De Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque
Interactivo de la C.A.B.A. y Agencia de Protección Ambiental como organismo fuera de
nivel;
Que la Ley N° 2.628 creó a la Agencia de Protección Ambiental, con el objeto de
proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de
las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que se entiende por Política Ambiental al conjunto de instrumentos de gestión para
preservar la salud y el ambiente de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires. La
misma debe considerarse como Política de Estado a los fines de un desarrollo
sustentable y perdurable en el tiempo;
Que, acorde a la mentada ley, las herramientas para la gestión ambiental son: “La
evaluación de impacto ambiental, el sistema de control sobre el desarrollo de las
actividades antrópicas, la educación ambiental, la elaboración e implementación de
planes de producción limpia para la comunidad regulada, el sistema de diagnóstico e
información ambiental y el régimen económico de promoción del desarrollo
sustentable”;
Que, de acuerdo a los objetivos enunciados, la Agencia de Protección Ambiental de la
Ciudad de Buenos Aires tendrá las siguientes funciones y facultades: “Proponer
políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la
calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las directivas
que imparta el Poder Ejecutivo por intermedio del ex Ministerio de Ambiente y Espacio
Público” (actual Secretaría de Ambiente) y “Realizar campañas de información y
difusión masiva tanto de la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, como de buenas prácticas ambientales”;
Que, mediante el expediente citado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 7212-
0549-LPU21 cuyo objeto es la contratación de un “Servicio de producción audiovisual
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6274 - 13/12/2021

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